Caso Julio Guzmán: JNE afirma que fallo es sobre estatuto partidario

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El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) aclaró que el fallo emitido hoy martes se refiere a la improcedencia de la modificación en el estatuto partidario de Todos por el Perú, el color de su símbolo y otros, mas no sobre la candidatura presidencial de Julio Guzmán.

Mediante un comunicado, precisó que su resolución confirmó las resoluciones de la Dirección Nacional de Registro de Organizaciones Políticas (ROP), que declararon improcedentes las solicitudes de modificación de la partida electrónica de dicha agrupación política.

La apelación presentada por el partido fue contra la denegatoria de la modificación del estatuto partidario, de los integrantes del Tribunal Nacional Electoral y el Comité Ejecutivo Nacional, así como del color del símbolo partidario.

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“Por ello, la resolución del pleno del Jurado Nacional de Elecciones únicamente se pronuncia sobre estos temas”, detalló el máximo ente electoral.

Señaló, en ese sentido, que esta resolución no se refiere a la inscripción de la fórmula presidencial o lista de candidatos al Congreso de la República o al Parlamento Andino del partido político Todos por el Perú.

El Jurado Nacional de Elecciones añadió que la fórmula de presidente y vicepresidentes de la República del partido político Todos por el Perú se encuentra en trámite ante el Jurado Electoral Especial (JEE) de Lima Centro 1.

De igual modo, las listas de candidatos al Congreso de la República y al Parlamento Andino de dicha agrupación política se encuentran en calificación ante los Jurado Electoral Especial instalados en todo el territorio nacional.

Los Jurados Electorales Especiales son los órganos competentes, en primera instancia, para calificar, y, si cumplen los requisitos, admitir y publicar las listas de candidatos a la presidencia y vicepresidencias de la República, Congreso de la República y Parlamento Andino.

En caso de que se deniegue la inscripción de un candidato o lista, las organizaciones políticas pueden apelar dicha decisión ante el pleno del Jurado Nacional de Elecciones, que resuelve en última y definitiva instancia.

ANDINA

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