Clases presenciales: Servicios educativos habilitados en regiones

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El Ministerio de Educación (Minedu), en coordinación con los gobiernos regionales y locales, desarrolla acciones de articulación intergubernamental e intersectorial para asegurar las mejores condiciones de salud y seguridad para el retorno seguro, flexible, gradual y voluntario a clases, a partir del próximo 19 de abril.

En el marco de lo dispuesto en la Resolución Ministerial 121-2021-MINEDU, comunicó que a partir del 19 de abril las instituciones educativas y programas educativos podrán brindar el servicio educativo con algún nivel de presencialidad.

Para este proceso, las autoridades regionales y locales pueden acceder por el siguiente enlace e identificar los servicios educativos habilitados, según el cumplimiento de las condiciones de contexto.

Además de estar habilitadas, para que las instituciones educativas y programas retornen a la presencialidad, deben estar aptas. Para ello, también deben cumplir con las condiciones sociales y de bioseguridad, establecidas en la norma mencionada, con el soporte, acompañamiento y supervisión de las Direcciones Regionales de Educación (DRE), Gerencias Regionales de Educación (GRE) y Unidades de Gestión Educativa Local (UGEL).

El Ministerio de Educación remarcó que el proceso de retorno a las clases presenciales es voluntario, dado que el retorno a la presencialidad es una decisión de las familias y, en general, de la comunidad educativa.

También es un proceso gradual, pues se implementa de manera progresiva y ordenada considerando las condiciones de contexto. Estas condiciones se basan en indicadores epidemiológicos y territoriales que permiten identificar a las instituciones educativas o programas de un determinado distrito que estarían habilitadas.

De acuerdo a las estadísticas publicadas por el Ministerio de Educación (actualizadas al 30 de marzo 2021) sobre las escuelas habilitadas para la presencialidad, existen a la fecha 19,674 servicios educativos habilitados.

Estos servicios están divididos en tres grupos: Grupo 1 corresponde a las escuelas de alta ruralidad y baja movilidad; el Grupo 2 al resto de escuelas de alta ruralidad; y el Grupo 3 a las escuelas de baja ruralidad.

Los grupos se podrán aperturar de acuerdo con tres etapas graduales. En la etapa 1 se habilitará los servicios educativos del Grupo 1; en la etapa 2 se permitirá al Grupo 2; y en la etapa 3 se habilitará al Grupo 3. El tiempo entre cada etapa será determinado y reportado por el Minedu.

Asimismo, suman 705,526 escolares y 58,503 docentes que estarían en condiciones de retornar a clases presenciales, según las estadísticas publicadas por el Ministerio de Educación.

ANDINA