Congreso publica reglamento para elección de miembros del TC

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El reglamento para la selección de postulantes a magistrados del Tribunal Constitucional (TC), que llevará el Parlamento, quedó oficializado mediante una resolución legislativa publicada hoy en el Boletín de Normas legales del Diario Oficial El Peruano.

En esta norma, emitida por el Congreso de la República, constan los principios que regirán el citado proceso, así como sus objetivos y su marco normativo.

En ese sentido, se establecen dos fases para el desarrollo del mismo: la primera, de selección de personas aptas para la elección, que estará a cargo de la Comisión especial formada en el Poder Legislativo con tal fin y la segunda, la realiza el pleno del Congreso entre los seleccionados por el grupo especial.

Asimismo, la Comisión especial realizará el proceso de elección en dos etapas: inscripción y declaración de los postulantes aptos, y evaluación de las competencias de estos para la elección.

La resolución legislativa 001-2021-2022-CR fija también los requisitos, impedimentos y el perfil para postular al TC.

Requisitos establecidos

Los requisitos incluyen ser peruano de nacimiento, ejercer la ciudadanía, tener más de 45 años, haber sido juez o fiscal supremo o superior durante diez años o haber ejercido la abogacía o la cátedra universitaria en materia jurídica durante 15 años.

También se pide no ser parte de alguna investigación preparatoria o condena penal por delito doloso y una reconocida trayectoria profesional, solvencia e idoneidad moral, “y probada trayectoria democrática de respeto y defensa del orden constitucional”.

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No podrán ser candidatos los jueces y fiscales que no han dejado sus cargos con un año de anticipación y que hayan sido separados o destituidos por causas disciplinarias.

Tampoco pueden postular los abogados inhabilitados por sentencia judicial o resolución del Congreso, los condenados o procesados por delito doloso, quienes estén en quiebra o insolvencia, y los que desempeñaron cargos políticos o de confianza durante gobiernos de facto.

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Otros aspectos del reglamento comprenden la aprobación del cronograma a seguir en este proceso, el contenido de la carpeta de inscripción de los postulantes, las tachas que pueden presentarse contra estos, así como las etapas de la evaluación a la que se les someterá.

Estas comprenden la evaluación de sus currículums y la entrevista personal. La primera implica 60 puntos como máximo y la segunda 40 puntos, debiendo alcanzarse los 35 y 30 puntos, respectivamente, para aprobar cada una de ellas.

Si finalmente los postulantes no obtienen la votación requerida en el pleno del Congreso, la comisión especial, en un plazo máximo de cinco días hábiles, formula nuevas propuestas en base al cuadro de méritos derivado del proceso de selección.

ANDINA