Ejecutivo podrá aprobar presupuesto 2020 y extender exoneraciones

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La disolución del Congreso luego de la negación fáctica de la confianza al Gabinete Ministerial de Salvador del Solar, le otorga al Poder Ejecutivo la responsabilidad de legislar a través de decretos de urgencia, consideran constitucionalistas, analistas y economistas consultados por el Diario Oficial El Peruano.

Al respecto, el abogado constitucionalista Fernando Vidal mencionó que en los siguientes cuatro meses el Poder Ejecutivo tiene la discrecionalidad para legislar mediante decretos de urgencia.

“En esta coyuntura, el Ejecutivo asume las funciones legislativas por medio de los decretos de urgencia que dicte”, expresó.

Decretos de urgencia

El artículo 135 de la Constitución Política del Perú establece: “El Poder Ejecutivo, en los próximos cuatros meses al cierre del Congreso, legislará mediante la aprobación de decretos de urgencia, de los cuales dará cuenta a la Comisión Permanente para que los examine y los eleve al nuevo Congreso una vez que se instale”.

Vidal afirmó que aunque existe la discrecionalidad, el Ejecutivo debe sustentar de manera prolija cada decreto de urgencia que apruebe.

Sostuvo que el Congreso entrante podrá aprobar o derogar las leyes aprobadas por el Ejecutivo.

Este viernes 11 vencerá la Ley del Libro, con lo cual los beneficios tributarios que actualmente tiene el rubro, como crédito tributario, reintegro tributario y exoneración del IGV, perderán validez y a finales del 2019 la vigencia de la exoneración del impuesto a la renta a las ganancias de capital en la Bolsa de Valores de Lima (BVL).

De acuerdo con analistas, la exoneración del impuesto a la renta a las ganancias de capital en la Bolsa de Valores de Lima, vigente desde enero del 2016, evitó que la plaza bursátil se convirtiera en un mercado frontera y conserve su categoría de mercado emergente.

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Según el abogado especialista en mercado de valores y constitucional Ángel Alcalá-Canales, está en manos del Ejecutivo, principalmente del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), ampliar las exoneraciones.

“El Ejecutivo puede aprobar estas normas, mediante decretos de urgencia, y después comunicarlo a la Comisión Permanente. Está en manos del nuevo Congreso derogar estas exoneraciones o mantenerlas vigentes”, explicó.

Asimismo, mencionó que esta discrecionalidad le abre espacio al Ejecutivo para aprobar otras normas en materia tributarias, como las exoneraciones a la selva, de ser el caso.

Discrecionalidad

A su turno, el exministro de Economía y Finanzas, Alonso Segura declaró que el Ejecutivo tiene discrecionalidad para aprobar leyes en los siguientes cuatro meses, por lo que podría aprobar el proyecto de Presupuesto 2020.

“El Ejecutivo puede legislar, y si quiere puede aprobar el presupuesto sin ninguna modificación y también tiene la libertad para hacer las modificaciones que considere pertinentes”, declaró.

El proyecto de Ley del Presupuesto del sector público para el año fiscal 2020 asciende a 177,367 millones 859,707 soles, un incremento nominal de 5.53% respecto a lo previsto para el 2019 (168,074 millones 407,244 soles).

De este total, al Gobierno Nacional le corresponde 124,582 millones 104,147 soles, distribuidos en 78,930 millones 819,473 soles para gasto corriente; 32,268 millones 790,212 soles para gasto de capital, y 13,382 millones 494,462 soles para servicio de la deuda.

Foto Andina