El 27 de junio empieza inscripción en Registro de Trabajadores de Construcción Civil

shadow

 

El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) dispuso la implementación del Registro Nacional de Trabajadores de Construcción Civil (RETCC) en la región Ucayali, en el cual deberán inscribirse desde el 27 de junio, según dispone una Resolución Ministerial publicada hoy en el Diario Oficial El Peruano.

La norma establece que la Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo del Gobierno Regional de Ucayali realizará las acciones necesarias a fin de contar con los recursos humanos, materiales, logísticos y, en general, con todo aquello que se requiera para el inicio de la inscripción de los trabajadores en el RETCC, a partir del 27 de junio próximo.

La Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo del Gobierno Regional de Ucayali, mediante resolución directoral, publicará un cronograma para la inscripción de los trabajadores en el RETCC. La ejecución del cronograma se inicia una vez culminadas las acciones mencionadas en el segundo párrafo del artículo precedente y no podrá exceder el plazo de 60 días hábiles.

Una vez cumplido dicho plazo son exigibles las obligaciones que se derivan del RETCC, según lo establecido por el Decreto Supremo N° 005-2013-TR, modificado por el Decreto Supremo N° 013-2013-TR.

La Sub Dirección de Registros Generales o quien haga sus veces en la Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo del Gobierno Regional de Ucayali es competente para la tramitación de la inscripción de los trabajadores en el RETCC.

Por su parte, la Dirección de Prevención y Solución de Conflictos o quien haga sus veces en la referida Dirección Regional es competente para resolver los recursos de apelación por  denegatoria de la inscripción en el RETCC.

Durante los treinta 30 días hábiles siguientes al cumplimiento del plazo a que se refiere la presente resolución ministerial, las actividades de fiscalización que realice la autoridad competente del Sistema de Inspección del Trabajo en la Región Ucayali, respecto de las obligaciones derivadas del RETCC, serán preferentemente de carácter preventivo, por lo que, durante el periodo indicado, la autoridad competente realizará actuaciones de orientación y asesoramiento técnico en esta materia.

La Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo del Gobierno Regional de Ucayali adoptará las medidas administrativas que resulten convenientes para la eficiente realización de lo establecido en la presente resolución ministerial.

La norma lleva la firma del ministro de Trabajo y Promoción del Empleo, Daniel Maurate Romero. (Andina)