Histórico triunfo de los fonavistas en el Tribunal Constitucional

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El pasado 17 de noviembre del 2017 se realizó en Arequipa la vista de la causa donde los fonavistas defendieron su firme decisión contra la Ley 30114 cuyo contenido vulneraba el derecho de propiedad de los aportantes al fenecido fondo.

Transcurrió un año al fin el Tribunal Constitucional se pronunció contra la inconstitucionalidad del Decreto Supremo 016-2014-EF que devolvía 10 soles por mes aportado y reconocía el derecho de propiedad de los fonavista que se encontraban a la espera de la devolución de sus aportes.

Ernesto Blume, presidente del Tribunal Constitucional, recalcó que los aportantes al Fonavi tienen derecho a que se les reintegren lo realmente aportado por cada uno de ellos a dicho fondo.

LA VIGILIA

Desde ese momento y cumplido el plazo de ley para que el TC se pronuncie se puso en marcha la vigilia ante la demora para atender las demandas propuestas por la ANFPP.

El ingeniero Andrés Alcántara Paredes, presidente de la Asociación Nacional de Fonavistas de los Pueblos del Perú (ANFPP), en todo momento señaló que no había motivo para que el TC se pronuncie en contra de la demanda fonavista.

El líder de los fonavistas se mantuvo firme y precisó repetidamente que la Ley 30114 era ilegal para la devolución por tratarse de una Ley de Presupuesto cuya vigencia era de un año.

Los Fonavistas entendieron que se vulneraba el derecho de propiedad y tomaron la firme decisión de acompañar a su líder en las demandas ante el TC. El Decreto Supremo 016-2014-EF no solamente recortaba el dinero a devolver sino que excluía a los fonavistas que habían realizado préstamos al Banco de Materiales, Banco de Vivienda, electrificación, agua y desagüe.

De este modo el fonavismo logra otro histórico triunfo porque logra que la devolución se haga en si totalidad de acuerdo a la soberana Ley 29625 aprobado por el pueblo en Referéndum.

Alcántara Paredes resumió en pocas palabras lo sucedido este último fin de semana: “Hasta ahora representantes de la Comisión Ad Doc decían que el Decreto Supremo 016-2014-EF seguía vigente pese a ser un presupuesto del 2014.En todo momento utilizaron la norma para distorsionar el procedimiento y tratar de confundir a la población diciendo que se les iba a de 10 soles por mes aportado”.