JNE plantea que leyes electorales sean intangibles un año antes de comicios

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Las leyes electorales deben ser intangibles un año antes de un proceso electoral, opinó el titular del Jurado Nacional de Elecciones (JNE), Francisco Távara, al plantear la necesidad de impedir cualquier reforma de esa índole durante la fase preelectoral.

Recordó que esta iniciativa ya se aplica en países como Ecuador y Costa Rica, donde rige la intangibilidad del marco jurídico en la etapa previa a una elección popular, con lo cual -explicó- los actores y partidos políticos saben a ciencia cierta con qué normas deben afrontar las elecciones.

“Habría que pensar si se pueden aplicar similares límites temporales en nuestro país para que los actores políticos, los partidos y los entes electorales sepan con qué marco se va a trabajar Esto debe ser intangible, que no se pueda modificar”, indicó Francisco Távara a la Agencia Andina.

De esta manera, agregó, “las reglas de juego no podrán ser alteradas cuando el partido ha empezado, tal como ocurrió con la “nefasta Ley 30414”, promulgada por insistencia del Congreso de la República dos meses después de haberse convocado a las elecciones 2016.

Esta ley complicó el proceso electoral de este año, debido a que su aplicación dejó fuera de carrera a algunos candidatos, como César Acuña (Alianza para el Progreso) y Vladimiro Huaroc (Fuerza Popular), por la entrega de dádivas en actos proselitistas, remarcó.

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“Esta ley, dijo, nos complicó la vida, por lo que habría que perfeccionar su texto y también dar un marco de intangibilidad al marco jurídico en la etapa previa al proceso electoral”.

Para el titular del Jurado Nacional de Elecciones, también es necesario corregir el actual cronograma electoral, de tal manera que la convocatoria a elecciones generales y a comicios municipales y regionales se realice, en ambos casos, 240 días antes de la fecha de la elección.

Recordó que, con la legislación actual, el plazo para convocar a comicios generales fluctúa entre los 120 y 150 días previos a la elección, frente a los 240 días que se aplican para el caso de un proceso municipal y regional, lo cual -en su opinión- es una incoherencia.

“Si bien las elecciones municipales y regionales son importantes, aquí debe uniformarse con las elecciones generales: En ambos procesos que sean 240 días antes o, en todo caso, ampliar el plazo de convocatoria para las elecciones generales”, puntualizó Francisco Távara.

ANDINA