Produce establece medidas de urgencia en beneficio de sector pesquero

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El gobierno aprobó el sábado último el Decreto de Urgencia 007-2017 el cual establece medidas extraordinarias para la reactivación productiva agraria y pesquera, que incluyen entrega de bonos y aplazamiento en el pago de multas.

Los daños contemplados son a la infraestructura vial, los centros de producción, comercialización y expendio de productos hidrobiológicos.

En primer lugar, se amplía el plazo de vigencia del Sistema de Formalización Pesquera Artesanal (Siforpa) del 19 de agosto hasta el 31 de diciembre del 2017.

Según Produce esta medida facilitará el proceso de formalización que se ha dificultado en las zonas declaradas en emergencia, por los huaicos y lluvias, particularmente en las regiones del norte del país, donde se encuentra más del 70% de las embarcaciones artesanales.

Como se sabe, esta herramienta virtual, que fue implementada por Produce a fines de febrero pasado, busca impulsar el desarrollo de la pesca artesanal y formalizar las pequeñas embarcaciones artesanales que cuenten con una capacidad de hasta 6.48 de arqueo bruto, reduciendo los costos y plazos que antes demoraban varios meses.

El Decreto de Urgencia también modifica el permiso del cabotaje marítimo para embarcaciones pesqueras.

El cambio establece que solo podrán realizarlo embarcaciones con capacidad de bodega de más de 350 metros cúbicos, y no de 35 metros cúbicos como se autorizó a fines de marzo pasado.

El Ejecutivo explicó que la disposición anterior no resultaba conveniente porque iba a incrementar la cantidad de embarcaciones menores para realizar el traslado de mercancías.

Esto, a su vez, constituía un peligro para la seguridad de la embarcación y dificultaba el control y supervisión de dichas naves, pues podrían salir o arribar desde cualquier punto.

Asimismo, el Ejecutivo anunció la flexibilización en las condiciones del pago de multas administrativas impuestas por infracción o infracciones a la normativa pesquera y acuícola que no se encuentren en  algún proceso judicial, hasta por un plazo de 150 días calendario.

“Este conjunto de medidas permite apoyar al pescador y contribuyen a reactivar la actividad pesquera en las zonas declaradas en emergencia por el impacto de El Niño, destacó el ministro de la Producción, Bruno Giuffra.

Por último, se brindan facilidades por un plazo de 30 días hábiles para la importación y comercialización de alimentos industrializados para consumo humano en situaciones de emergencia, como las conservas de pescado.

Para ello se precisa que el registro sanitario, o la autorización sanitaria, podrán ser otorgados previa presentación de una declaración jurada y que los importadores o proveedores extranjeros son responsables de la inocuidad de los productos importados.

El Ministerio de la Producción tiene un plazo no mayor de 10 días calendario para aprobar mediante resolución ministerial las medidas y/o lineamientos necesarios para viabilizar el cumplimiento de lo dispuesto en el referido decreto de urgencia.

Andina/Foto: regionpiura.gob.pe