Seguro obligatorio de trabajo de riesgo se amplía a 214 nuevos sectores

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La ampliación de la cobertura del Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo (SCTR), incluye 214 nuevas actividades económicas, permite implementar planes de prevención más estructurados de protección para los trabajadores y sus familias.

El Decreto Supremo 043-2016-SA, publicado el 1 de enero de 2017, establece la relación de actividades que realizan las empresas que ahora deberán tener, con carácter de obligatoriedad, el SCTR a partir del 1 de febrero próximo.

Antes eran 174 actividades que figuraban en la norma, no obstante, con la modificación al reglamento se ampliaron otras 214, con lo cual ahora suman 388 actividades que deben contar con dicho seguro.

El vicepresidente de Riesgos Humanos de Rimac Seguros, Gonzalo Caillaux, sostuvo que las industrias que empezaron con este seguro mejoraron su productividad, al otorgarle a sus trabajadores coberturas que les permiten no solo tener la tranquilidad de estar protegidos, sino estarlo en la práctica y regresar a trabajar en caso haya sufrido algún accidente.

“Asimismo dichas empresas tienen planes de prevención más estructurados, se trabaja más para evitar que para contener. El tener este seguro obligatorio, en otras industrias que empezaron antes, ha demostrado que se da una mejoría relevante en sus estándares de salud ocupacional”, apuntó.

El ejecutivo agregó que los seguros empresariales son una inversión de cara a eliminar o minimizar la ocurrencia de accidentes laborales y a no dejar desamparada a una familia.

“A ello se suma que tiene un impacto positivo en el clima laboral. No hay que olvidar que los accidentes laborales tienen una correlación importante con descansos médicos y esto impacta en la productividad de la empresa”, sostuvo.

De acuerdo a los datos de siniestros en la cartera SCTR Salud, las lesiones de miembro superior (brazos y manos) representan el 36% del total de atenciones por accidentes de trabajo y un 26% de los gastos en prestaciones de salud.

El año 2015 Rimac registró un promedio de 34 accidentes de extremidad superior por día y esto representó en total más de 12,000 casos al cierre de ese año.

La mayoría de accidentes de trabajo se dan en actividades como la Manufactura (27.25%) y la Construcción (13.63%).

¿Qué cubre el SCTR?

En el caso de trabajadores que desempeñan actividades de alto riesgo determinadas por ley sus empleadores tienen la obligación de contratar una póliza de Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo (SCTR).

Este seguro tiene dos tipos de coberturas: salud, que puede ser contratada con una EPS o con Essalud, y pensiones, que puede ser contratada con una empresa de seguros o la ONP.

Coberturas SCTR Salud

Coberturas SCTR Pensión
Asistencia y asesoramiento preventivo promocional en salud ocupacional a la entidad empleadora y a los asegurados. Indemnización o pensión de invalidez temporal o permanente.
Atención médica, hospitalaria y quirúrgica cualquiera que fuere el nivel de complejidad; hasta la recuperación total del asegurado o la declaración de una invalidez permanente total o parcial o fallecimiento. Pensión de sobrevivientes.
Rehabilitación y readaptación laboral al trabajador asegurado inválido. Gastos de sepelio.

Entre las principales actividades que se han incluido se agrupan en:

Industria manufacturera (162 nuevas actividades)

  • Elaboración de bebidas malteadas y de malta.
  • Elaboración de bebidas no alcohólicas, agua mineral.
  • Elaboración aceites y grasas origen vegetal y animal.
  • Elaboración de productos de panadería.
  • Elaboración de productos lácteos.
  • Elaboración de frutas, legumbres y hortalizas.
  • Actividades de edición, impresión y servicios relacionados.
  • Elaboración de alimentos y bebidas; entre otras.

Transporte (22 nuevas actividades)

  • Transporte por carretera, mar, tuberías y vías férreas.
  • Transporte urbano y suburbano.
  • Manipulación de carga.
  • Transmisión de programas de radio y televisión.
  • Actividades por correo.
  • Estaciones terminales para transporte de carga.
  • Servicios de mantenimiento para el transporte por carretera.
  • Otras actividades complementarias acuáticas, terrestres.

Agricultura, ganadería y caza (15 nuevas actividades)

  • Cultivo de frutas.
  • Cría de animales domesticados y animales salvajes (por ejemplo, cerdos, aves de corral, conejos).
  • Cría de polluelos y gusanos de seda a cambio de una retribución o por contrata.
  • Cultivo de hortalizas, legumbres especialidad hortícolas, productos de viveros, melones, raíces y tubérculos.
  • Cultivo de cereales y otros cultivos.
  • Servicios agrícolas y ganaderas.
  • Cría de ganado vacuno, ovejas, cabras, caballos, entre otras.

Comercio (4 nuevas actividades)

  • Venta por menor de combustible para automotores.
  • Venta al por mayor de materia prima agropecuaria, animales vivos.
  • Venta al por mayor combustibles sólidos, líquidos y gaseosos y productos conexos.
  • Venta por mayor de metales.

Seguridad (2 nuevas actividades)

  • Actividades de Seguridad Privada.
  • Actividades de mantenimiento del orden público y seguridad.
Fuente Andina