TEDH dice que instar a revelar fuentes va contra la libertad de expresión

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ESTRASBURGO/Francia.- El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) falló este martes a favor de una periodista suiza, requerida para testificar y revelar su fuente en un artículo sobre tráfico de drogas, y recordó que esa acción es contraria a la libertad de expresión.

Pero según la Corte europea ese no fue el caso de la periodista Nina Jecker, de 39 años, que publicó en 2012 un artículo con el testimonio de un traficante de droga en el periódico Basler Zeitung, de Basilea.

En el artículo “Visitando a un traficante”, la demandante contó el encuentro que tuvo en el apartamento de un traficante de cannabis y hachís, con diez años de experiencia, que obtenía anualmente un beneficio de 12.000 francos suizos (unos 11.131 euros).

El Ministerio Público abrió una investigación e instó a Jecker a revelar el nombre del traficante, algo a lo que la demandante se opuso apoyándose en su derecho a no testificar.

Mientras que la Corte Cantonal permitió a Jecker no revelar sus fuentes, el Tribunal Supremo Federal argumentó que su argumento no era válido, al ser el tráfico de droga un delito grave y su testimonio la única forma de identificar al autor del delito.

Para el Alto Tribunal suizo, “el interés público en juzgar un delito grave de estupefacientes supera al interés privado de la periodista en proteger a su fuente”.

No sostiene esa tesis el fallo de la Sala Tercera del Tribunal de Estrasburgo, que considera que “la injerencia en el ejercicio de la libertad de expresión de la demandante no puede ser considerado como necesaria en una sociedad democrática”.

Así lo refleja el artículo 10 (Libertad de expresión) del Convenio Europeo de Derechos Humanos, que Suiza vulneró en el caso de Jecker.

Incide la Corte europea en que la sentencia del Tribunal Supremo Federal “no permite constatar que la obligación de testificar hecha a la demandante respondiera a un imperativo de interés público primordial”.

Por ello, “no dio razones suficientes para justificar que la medida en litigio correspondía a una necesidad social imperiosa”.

La demandante no reclamó una indemnización por daños morales o materiales, pero sí 25.000 francos suizos (unos 23.200 euros) en concepto de gastos. Ante la ausencia de justificantes, el Tribunal de Estrasburgo no ha accedido a esa compensación. EFE