El Poder Ejecutivo aprobó el reglamento de la Ley 32213, normativa que extiende el plazo y establece la rectoría del proceso de formalización integral para la pequeña minería y minería artesanal.
La aprobación se concretó a través del Decreto Supremo 009-2025-EM, publicado en el diario oficial El Peruano. Este reglamento está estructurado en tres capítulos, doce artículos, seis disposiciones finales complementarias, tres transitorias y tres modificatorias.
La norma subraya la función principal del Ministerio de Energía y Minas (Minem) como ente rector de la pequeña minería y minería artesanal, asegurando que esta labor no interfiera con las competencias de otras entidades estatales.
Se destaca la creación del Sistema Interoperable de la Pequeña Minería y Minería Artesanal (SIPMMA), diseñado para vigilar la trazabilidad de minerales, explosivos, insumos químicos y productos fiscalizados en estas operaciones.
El SIPMMA funcionará como una herramienta de interconexión entre diversas entidades públicas, facilitando el acceso a información sobre las actividades mineras para identificar posibles incumplimientos y potenciar la formalización efectiva.
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La administración del SIPMMA recae en la Dirección General de Formalización Minera del Minem. Esta dependencia emitirá las directivas necesarias para su organización, la estandarización de sus sistemas informáticos y su conexión con otras fuentes de datos, siempre dentro del marco legal vigente.
En cuanto al acceso a la información del SIPMMA, las autoridades competentes tendrán visibilidad total, los mineros formalizados accederán a sus propios datos y expedientes, y el público en general podrá consultar información estadística.
Trámites
Los procedimientos y gestiones administrativas del proceso de formalización integral serán gestionados por el Ministerio de Energía y Minas, a través de su Dirección General de Formalización Minera, en concordancia con la nueva ley.
El proceso de formalización minera integral abarca todas las gestiones necesarias para que los mineros inscritos en el Registro Integral de Formalización Minera (Reinfo) cumplan con la normativa actual.
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El Minem, mediante su Dirección General de Formalización Minera, podrá firmar acuerdos específicos con los gobiernos regionales para delegarles funciones de apoyo en los trámites de formalización. Esto implicará la asignación de partidas presupuestales, previa evaluación y verificación de planes de trabajo, conforme a las leyes de presupuesto anuales.
Se implementará un Sistema de Ventanilla Única con el fin de simplificar y acelerar los trámites inherentes al proceso de formalización de la actividad minera.
El Minem publicará en su portal web oficial (www.gob.pe/minem) los datos de quienes completen la formalización. Esta información incluirá el nombre del titular, el número de la resolución que autoriza el inicio o reinicio de operaciones de explotación o beneficio, y los beneficiarios correspondientes.
Foto Andina