Sueldo de Dina: Tribunal de Transparencia da 7 días hábiles a PCM para remitir expediente

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El Tribunal de Transparencia y Acceso a la Información Pública (TTAIP) aceptó tramitar la apelación presentada por el diario El Comercio, debido a que la Presidencia del Consejo de Ministros y el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) clasificaron de “reservados” diversos de documentos relacionados con el aumento de sueldo de Dina Boluarte y rechazaron entregarlos.

Se adoptó la medida en amparo del artículo 17 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública (Ley 27806) que establece que el derecho de acceso a la información pública no será ejercido cuando “la información que contenga consejos, recomendaciones u opiniones producidas como parte del proceso deliberativo y consultivo previo a la toma de una decisión de gobierno, salvo que dicha información sea pública”.

La oficina del primer ministro, Eduardo Arana, indicó que el aumento de sueldo de Dina Boluarte “actualmente se encuentra en proceso deliberativo del Poder Ejecutivo y no ha sido materia de agenda del Consejo de Ministros, por lo que corresponde considerar que los documentos materia de solicitud contienen ‘información confidencial”.

El MEF se amparó en el mismo argumento.

Boluarte: aprueban incrementar sueldo a 35.568 soles mensuales

El titular de Economía y Finanzas, Raúl Pérez Reyes, informó que el Consejo de Ministros aprobó este miércoles el aumento de salario de Dina Boluarte, de S/16.000 a S/435,568, como recomendó el MEF.

Según la resolución notificada a El Comercio el pasado lunes, el tribunal solicitó a la PCM en siete días hábiles remitir el expediente administrativo que generó, después de la primera solicitud de El Comercio y lo instó a formular “los descargos que considere pertinentes”, respecto a la clasificación de “reservado” del expediente del salario de Dina Boluarte.

El TTAIP añadió que el artículo 2 de la Constitución “establece que toda persona tiene derecho a solicitar sin expresión de causa la información que requiera y a recibirla de cualquier entidad pública”, salvo aquella que afecte la intimidad personal y “la que expresamente se excluyan por ley o por razones de seguridad nacional”.

De acuerdo con fuentes de la PCM, “oficialmente, no han recibido” la notificación de esta resolución del tribunal.

Foto Flickr

 

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