CIDH: jueces peruanos deben abstenerse de aplicar por el momento la ley de amnistía

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La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) determinó este viernes que los juzgadores del Perú deben evitar poner en práctica, por ahora, el indulto dirigido a fuerzas armadas, policía nacional y integrantes civiles de grupos de autodefensa por ilícitos perpetrados en el contexto del enfrentamiento armado interno (1980-2000).

La instancia continental emitió esta resolución como acción preventiva, «a fin de que no surta efectos jurídicos hasta que la Corte se pronuncie» definitivamente sobre este indulto, luego de que la jefa de Estado, Dina Boluarte, firmara la legislación, ignorando al organismo continental, que había ordenado detener el proceso de la normativa.

Iniciativa parlamentaria beneficia a imputados

El indulto, respaldado en el Legislativo por iniciativa de sectores políticos que sostienen al régimen de Dina Boluarte y que poseen exuniformados en sus bancadas, ampara a investigados por ilícitos en la confrontación contra Sendero Luminoso y el MRTA, así como a sentenciados mayores de 70 años.

Esta medida preventiva pretende impedir la ejecución de la norma mientras la entidad internacional evalúa si cumple con los parámetros de protección de derechos fundamentales vigentes en la región americana.

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Conflicto entre autoridades nacionales y sistema interamericano

La determinación refleja el creciente enfrentamiento entre las instituciones peruanas y los organismos de salvaguarda de garantías fundamentales del ámbito continental, particularmente en asuntos vinculados con la justicia de transición y el combate a la ausencia de sanción por atropellos ocurridos durante la confrontación armada interna.

La disposición del órgano jurisdiccional continental constituye un nuevo episodio en la controversia sobre los alcances del perdón penal en supuestos de severas transgresiones a las garantías fundamentales y delitos contra la humanidad ejecutados durante el combate con organizaciones terroristas.

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