Poder Ejecutivo promulgó la ley que amplía la vigencia del Reinfo hasta diciembre del 2026

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El Gobierno ha oficializado la extensión del Reinfo, mecanismo que permite regularizar las operaciones de pequeños mineros y mineros artesanales, estableciendo como nueva fecha límite el 31 de diciembre de 2026. Alternativamente, el proceso culminará cuando entre en vigencia la normativa MAPE junto con su reglamento, dependiendo de cuál evento suceda primero.

La Ley 32537, divulgada en la edición de hoy del boletín oficial El Peruano, realizó ajustes al Decreto Legislativo 1293, norma que establece como prioridad nacional la regularización de operaciones mineras a pequeña escala.

Esta modificación legislativa afecta específicamente al artículo 6 del decreto mencionado, estableciendo que el cronograma de regularización integral para la minería de pequeña dimensión y artesanal permanecerá activo hasta finales de 2026 o cuando comience a regir la legislación MAPE con su respectivo reglamento.

⚙️ Adaptaciones normativas en marcha

La normativa establece que el gobierno nacional, a través de una resolución suprema avalada por el titular de Energía y Minas, deberá ajustar la reglamentación del Reinfo y aprobar las medidas complementarias pertinentes dentro de los próximos 60 días calendario desde la publicación de esta ley.

El Minem, como autoridad responsable del proceso, trabajará conjuntamente con las administraciones regionales y demás entidades involucradas para desplegar las medidas legales, administrativas y operativas destinadas a agilizar los trámites, brindar asistencia técnica a los operadores y fortalecer las capacidades institucionales.

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Asimismo, se enfocará en la vigilancia ambiental y social de las operaciones en proceso de regularización, buscando asegurar la conclusión exitosa del proceso, la certidumbre legal para los operadores, la sustentabilidad ecológica de las actividades y la transición organizada hacia el nuevo esquema legal.

📊 Censo nacional en el horizonte

El documento legal indica que el INEI trabajará en coordinación con el Minem y el Ingemmet para realizar el censo nacional de la pequeña minería y minería artesanal.

El censo deberá comenzar en un periodo máximo de seis meses tras la publicación de esta ley y finalizarse en un lapso no superior a 12 meses.

📍 Transparencia obligatoria de ubicaciones

Los operadores registrados en el Reinfo deberán realizar un proceso obligatorio de transparencia sobre la ubicación real de sus operaciones en un plazo máximo de 120 días calendario, computados desde la publicación de esta normativa.

Esta transparencia se ejecutará exclusivamente mediante la Ventanilla Única de Formalización Minera del Minem, a través de la presentación de información georreferenciada y documentación que permita verificar la ubicación exacta del yacimiento, del área de operación y de las actividades desarrolladas.

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El Minem validará esta información de forma técnica y objetiva, pudiendo solicitar aclaraciones o documentación adicional cuando sea necesario.

La Sunafil, en un plazo no superior a 60 días calendario desde la publicación de esta ley, establecerá las disposiciones reglamentarias para verificar que los operadores inscritos en el Reinfo cumplan con la incorporación de sus trabajadores en planilla, conforme a la normativa laboral vigente.

Foto Andina