El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) ha definido la fecha límite y los requisitos para los funcionarios públicos interesados en postularse en las Elecciones Regionales y Municipales 2026. Será necesario presentar su renuncia o solicitar licencia sin goce de haber durante el período electoral.
Mediante la Resolución 00746-2025-JNE, el cronograma electoral establece que las autoridades que aspiren a cargos en gobiernos regionales deben presentar su renuncia 180 días antes de la elección, programada para el 4 de octubre de este año. Esto implica que el plazo máximo para dimitir será el martes 7 de abril. Una vez realizada la renuncia, el documento correspondiente deberá ser entregado al JNE a través de la Mesa de Partes Virtual (MPV) hasta el 14 de abril como fecha límite.
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Establecen disposiciones para el reemplazo de los gobernadores regionales y alcaldes que renuncien con el propósito de participar como candidatos en las Elecciones Regionales y Municipales 2026; y para los casos en que soliciten licencia sin goce de… pic.twitter.com/WeVbB5sWQs— JNE Perú (@JNE_Peru) January 5, 2026
Esta norma aplica a ministros y viceministros, magistrados del Poder Judicial, Ministerio Público y Tribunal Constitucional, además del contralor, miembros de la Junta Nacional de Justicia (JNJ), representantes del JNE, jefe de la ONPE, Reniec, Defensor del Pueblo, presidente del BCR, SBS y Sunat.
En caso de que las autoridades deseen postularse para cargos municipales, deberán presentar su renuncia al menos 60 días antes de los comicios. El plazo límite será el martes 16 de junio, con entrada en vigor el miércoles 5 de agosto.
🗓️El 7 de enero es una fecha clave en el #CronogramaElectoral de las Elecciones Regionales y Municipales #ERM2026 🗳️
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Adicionalmente, el JNE ha determinado los plazos para las autoridades electas. Aquellos gobernadores y vicegobernadores regionales interesados en optar por el cargo de alcalde o viceversa deberán renunciar seis meses antes de la elección, es decir, hasta el sábado 4 de abril. Para las autorizaciones de licencia sin goce de haber, el plazo límite será el lunes 6 de abril.
Por otro lado, los gerentes y directores regionales y municipales, junto con los prefectos, subprefectos y tenientes gobernadores, deberán solicitar su permiso sin remuneración 120 días antes del proceso electoral, fijado para el lunes 8 de junio.
Asimismo, los funcionarios públicos que administren fondos o trabajen en empresas del Estado tienen la obligación de pedir licencia sin goce de haber al menos 30 días antes de los comicios, siendo el viernes 4 de septiembre la fecha establecida. A partir del 16 de junio estas licencias deberán hacerse efectivas.
Finalmente, los trabajadores y funcionarios de organismos estatales y municipalidades disponen también del plazo de 30 días previos a las elecciones para solicitar su licencia sin goce de haber, cuyo vencimiento se fijó para el 4 de septiembre.
Texto: WSV
Foto: Difusión
Videos: Canal YouTube JNE
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