Ley regula el nombramiento de personal en EsSalud y Minsa para regímenes 728 y CAS

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El Gobierno oficializó la norma que permite el ingreso al régimen laboral del Decreto Legislativo 728 y al sistema de Contrato Administrativo de Servicios (CAS) indeterminado para empleados de EsSalud y el Ministerio de Salud (Minsa). Esta medida beneficia a quienes se ampararon previamente en las leyes 31538 y 31539.

De acuerdo con el primer artículo, “El objeto de la presente ley es autorizar el nombramiento e incorporación al régimen laboral del Decreto Legislativo 728, a los profesionales, técnicos y auxiliares asistenciales de salud y personal administrativo, contratados bajo el régimen del Decreto Legislativo Nº 1057, en el marco de la Ley 31538 y Ley 31539, de MINSA y EsSalud que cumplan con las condiciones y requisitos establecidos en la presente norma”, indica el texto legal.

La normativa establece un permiso especial por única vez. “Se autoriza al Ministerio de Salud (MINSA) y al Seguro Social de Salud (EsSalud) a ejecutar, por única vez, de forma progresiva y excepcional, el proceso de nombramiento e incorporación del personal indicado en el artículo 1, durante un periodo de cinco (5) años contados desde la entrada en vigencia de la presente ley”, sostiene el dispositivo.

Pasos para formalizar el empleo 📋

Las instituciones involucradas tienen un límite de 30 días para realizar el análisis técnico que identifique al personal reasignado. El proceso de selección se basará en concursos internos de méritos, priorizando la transparencia y la cobertura en el primer nivel de atención de salud, siempre sujeto al presupuesto disponible.

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Para acceder, los trabajadores del Minsa y gobiernos regionales deben haber tenido contrato vigente al 31 de julio de 2022 y figurar como activos en el sistema AIRHSP desde inicios de 2023. Los profesionales requieren título registrado en Sunedu y haber culminado el Serums, mientras que técnicos y auxiliares deben acreditar su formación específica.

En EsSalud, se exige haber trabajado como CAS COVID al menos un año, ya sea de forma continua o con pausas menores a tres meses, y estar laborando al momento de publicarse la ley.

Restricciones y financiamiento del proceso 💰

Existen limitaciones estrictas para postular. No podrán participar personas inhabilitadas para el servicio público, con antecedentes penales por delitos graves como corrupción o terrorismo, ni quienes figuren en los registros de deudores alimentarios o de reparaciones civiles.

Sobre el dinero necesario, el documento aclara que “la implementación de la presente ley se financia con cargo a los presupuestos institucionales del Ministerio de Salud (MINSA) y del Seguro Social de Salud (EsSalud), sin demandar recursos adicionales al tesoro público, y respetando la disponibilidad presupuestal anual de cada entidad”, precisa la norma.

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Finalmente, se indica que “El proceso de nombramiento al Régimen 728 y CAS 276 comprendido en esta ley, se inicia a los treinta (30) días hábiles de su entrada en vigencia, conforme a la disponibilidad presupuestal y la normativa vigente de cada entidad señalada”, señala el reglamento. El Ejecutivo tiene 60 días para aprobar los cronogramas finales.

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