Extrabajadores cesados irregularmente accederán a compensación económica

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El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) publicó el Decreto Supremo (010 -2019-TR) que fija las reglas excepcionales para que los extrabajadores inscritos en el Registro Nacional de Trabajadores Cesados Irregularmente (RNTCI) opten de manera voluntaria por acceder al beneficio de compensación económica.

 Ello si no han sido reubicados o reincorporados laboralmente, según lo establecido en la Centésima Decimonovena Disposición Complementaria Final de la Ley 30879, Ley de Presupuesto Público para el Año Fiscal para el 2019.

Para acceder a la compensación económica se seguirá este procedimiento:

En cinco (5) días hábiles de publicado el citado Decreto Supremo, el MTPE aprueba mediante resolución ministerial un formato de solicitud de acceso a la compensación económica que se encontrará disponible en su portal web (https://www.gob.pe/mtpe).

En treinta (30) días hábiles de publicado el formato de solicitud, los extrabajadores que opten por acogerse a la compensación económica deben presentar el formato debidamente suscrito ante el MTPE.

Vencido el plazo de treinta (30) días hábiles, el MTPE publica el listado de los extrabajadores habilitados para el pago de su compensación económica.

En el 2019, el MTPE debe emitir las Resoluciones Ministeriales que autorizan el pago de la compensación económica.

Para este procedimiento la compensación económica se calcula sobre la base de 2 remuneraciones mínimas vitales vigentes por cada año de trabajo acreditado en la entidad o empresa en la que cesó irregularmente el extrabajador, con un tope de hasta máximo 15 años.

Ello significa que por cada año acreditado al extrabajador se le pagará el monto de 1,860, considerando el tope máximo de 27,900 soles.

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