Repro AFP III: Entidades públicas podrán fraccionar deudas hasta 2022

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El Poder Ejecutivo oficializó el Reglamento del Régimen de Reprogramación de Pago de Aportes Previsionales a los Fondos de Pensiones del Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones adeudados por Entidades Públicas (Repro AFP III) a través del Decreto Supremo Nº 272-2023-EF, publicado en el Boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano este sábado.

El Repro AFP III brinda a las instituciones públicas la oportunidad voluntaria de saldar deudas acumuladas hasta el 31 de diciembre de 2022, permitiendo el fraccionamiento de pagos por incumplimiento de aportes previsionales de trabajadores.

Según el reglamento, el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) deberá enviar a la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) una lista de entidades bajo la ley en los próximos 15 días. Además, la SBS establecerá los lineamientos para el portal de AFPnet, donde las entidades revisarán y verificarán la información proporcionada por las AFP.

La totalidad de la deuda actualizada puede fraccionarse hasta en 120 cuotas, según cálculos de AFPnet, y para acogerse al Repro AFP III, las entidades deberán presentar solicitudes a través del mismo portal.

Texto: WSV / NdP
Foto: Agencia Andina

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