Brevete electrónico: Infracción por no mostrar licencia no se aplicará a sus titulares

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Los conductores que cuentan con el brevete electrónico no serán sancionados con falta G58 cuando sean intervenidos por la policía y no presenten su licencia de conducir de manera física, informó Mariangella Rossi, directora de Circulación Vial del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC).

Durante el I Congreso Descentralizado de Transporte y Seguridad Vial, desarrollado en Iquitos, la experta explicó que esto se debe el agente o fiscalizador puede corroborar a través de una aplicación si el conductor posee un brevete digital vigente, con solo ingresar el número del DNI.

Cerca de 39.000 conductores ya cuentan con licencia de conducir electrónica

El conductor deberá mostrar a la autoridad su Documento Nacional de Identidad para que esta acceda al Portal Único del Conductor y verifique que el ciudadano cuenta con la autorización para estar al volante.

Por otro lado, Rossi invitó a las autoridades y usuarios de las regiones amazónicas a “sumar esfuerzos para implementar la licencia electrónica y concretar la meta de convertirnos en un Estado más moderno, eficiente y competitivo”.

Durante el evento también se precisó que los exámenes médicos, de conocimientos y de manejo son un requisito indispensable para obtener la autorización para conducir un vehículo.

En ese sentido, el MTC recuerda que los conductores que han iniciado el proceso de nueva licencia, revalidación o recategorización pueden elegir un centro médico autorizado a través de este enlace.

Asimismo, quienes se están preparando para rendir el examen de conocimientos pueden practicar de manera gratuita a través del simulacro que el MTC ha implementado mediante esta web.

Fuente: Andina