Castillo: PJ afirma no le compete notificar a INPE medidas de restricción de visitas

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El Poder Judicial señaló que no le compete informar al Instituto Nacional Penitenciario (INPE) o la Policía Nacional respecto a las reglas de conducta de los procesados.

Ello, en relación con las visitas a Pedro Castillo a Barbadillo de su sobrino Gian Marco Castillo, así como de su exasesor Henry Shimabukuro.

En un pronunciamiento, subrayaron que el acatamiento de las reglas de conducta es responsabilidad de los investigados y frente a un eventual incumplimiento, el Ministerio Público puede promover la revocatoria de estas medidas, según el Código Procesal Penal.

Subrayaron que no hay norma autoritativa que disponga a los órganos de justicia a oficiar a instituciones públicas o privadas, con el objetivo de que monitoreen que se cumplan las reglas de conducta aplicadas a cada procesado, como ocurre con las comunicaciones en torno a las prisiones preventivas, órdenes de libertad, entre otras disposiciones.

Asimismo, indicaron que la medida de comparecencia con restricciones con reglas de conducta que pesa sobre Gian Marco Castillo Gómez se evaluó en audiencia pública y se impusieron y notificaron por ley al procesado a través de su abogado, así como a Fiscalía y a sus coinvestigados.

Si Fiscalía – continuó- requiere extender os alcances de las restricciones impuestas contra Gian Marco Castillo Gómez deberán fundamentar su solicitud, para que en una audiencia lo defina el juez de la causa.

“Si el Ministerio Público considera pertinente extender los alcances de las restricciones impuestas al imputado Castillo Gómez respecto de personas ajenas a su propio proceso, deberá fundamentar debidamente su solicitud para que, en la audiencia respectiva, el juez de la causa resuelva lo pertinente y recién oficie a las instituciones vinculadas al pedido realizado”, precisaron.

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