Junta Nacional de Justicia: ¿Cuántos votos necesita el pleno para su destitución?

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La Comisión Permanente del Congreso aprobó el informe final que determina la destitución de los integrantes de la Junta Nacional de Justicia. ¿Cuántos votos se necesitan en el pleno para confirmar esta decisión?

Este informe se sustenta en la denuncia constitucional presentada por Renovación Popular en la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales.

Se acusa a seis miembros de la Junta Nacional de Justicia de presunta infracción de los artículos 156, inciso 3, y 139, inciso 3), de la Constitución; y a Inés Tello de supuesta infracción constitucional del artículo 156.

Ello por dejar que la extitular de la Junta Nacional de Justicia, Imelda Tumialán, continuara en el cargo pese a tener más de 75 años, edad máxima según la Carta Magna.

Con la decisión tomada por la Comisión Permanente se vería la destitución de los seis actuales integrantes de la junta: Imelda Tumialán, Antonio de la Haza, Aldo Vásquez, María Zavala, Guillermo Thornberry e Inés Tello.

Además de la destitución de los miembros de la Junta Nacional de Justicia se pide también su inhabilitación por 10 años para cargos en la función pública.

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¿Cuántos votos se necesitan para inhabilitarlos?

Según el artículo 157 de la Constitución Política, se requiere el voto de dos tercios del número legal de parlamentarios; cifra que se exige también para otras decisiones parlamentarias importantes, como la vacancia de un presidente, la elección de magistrados del Tribunal Constitucional y la designación del defensor del Pueblo.

Sin embargo, de acuerdo con el artículo 89 del Reglamento del Congreso, no podrán participar en la votación en el pleno los 30 congresistas que forman la Comisión Permanente, por lo que el porcentaje señalado se deberá obtener de los 100 parlamentarios restantes.

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Es decir, se necesita 66 votos para que se apruebe la sanción de destitución e inhabilitación por 10 años propuesta para los miembros de la Junta Nacional de Justicia.

Para la aprobación de la acusación por comisión de delitos, el reglamento indica que se “requiere la votación favorable de la mitad más uno del número de miembros del Congreso, sin participación de los miembros de la Comisión Permanente”. Es decir, se necesitarían 51 votos.

RG- Foto Flickr