Desde el pasado 20 de abril, los 60 Jurados Electorales Especiales (JEE) han llevado a cabo un total de 728 sesiones públicas destinadas al recuento de sufragios. Estas actividades, enmarcadas en los comicios generales de este año, se transmiten de forma oficial a través del sitio web del Jurado Nacional de Elecciones (JNE).
Las entidades electorales de primera instancia poseen un plazo máximo que vence el jueves 7 de mayo para concluir estas diligencias. Esta determinación fue ratificada el 22 de abril por el Pleno del JNE. La medida busca garantizar que se cumplan a tiempo las fases siguientes del calendario, como la inscripción de cifras finales, el anuncio oficial de ganadores y el reparto de credenciales.
Avance del procesamiento y cifras clave 📊
Según el informe actualizado a las 13:30 horas, las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales (ODPE) entregaron a los JEE un total de 60 040 actas con observaciones. De este grupo inicial, 2 659 documentos fueron derivados específicamente para volver a contabilizar los votos.
En cuanto a la gestión administrativa, se han abierto expedientes para el 97.84% (58 746) de las actas recibidas. Hasta el momento, los jurados especiales han resuelto 20 432 casos, lo que representa un avance del 34.78% en sus decisiones.
JNE: 7 de mayo es fecha límite para que los JEE realicen audiencias de recuento de votos
Distribución por tipo de elección y transparencia 🔍
El volumen de actas bajo revisión se divide de la siguiente manera: un 9.85% (5 784) pertenece a la fórmula presidencial; el 26.32% (15 461) a senadores por Distrito Electoral Único; un 20.57% (12 084) a senadores por Distrito Electoral Múltiple; el 22.07% (12 964) a diputados y el 21.20% (12 453) al Parlamento Andino.
La ciudadanía puede vigilar estos procesos en vivo mediante el portal del JNE, seleccionando la opción de recuento de votos, o sintonizando la señal de JNE Media.
Definición y resolución de actas con observaciones 📋
Un acta observada es aquella que el sistema de la ONPE no logra procesar por fallos materiales, tales como errores en las sumas, datos que no se pueden leer o nombres mal escritos. Las ODPE envían estos documentos a los jurados para que emitan un fallo, el cual puede ser apelado ante la instancia superior del JNE.
En situaciones donde el error no se pueda corregir comparando los ejemplares de las actas, el JEE ordenará, por única vez y sin posibilidad de reclamo posterior, que se realice el conteo físico de los votos.
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