Gobierno dispone aforo al 80% en centros comerciales, restaurantes, bancos y cines

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A partir de este 15 de noviembre, diversos espacios cerrados del país tendrán un aforo incrementado al 80%, de acuerdo a un nuevo decreto supremo que actualiza las medidas de convivencia social en medio de la pandemia por la covid-19.

Mediante Decreto Supremo 168-2021-PCM, publicado en el boletín de normas legales del Diario El Peruano se determinó que los siguientes lugares cerrados tienen un aforo incrementado:

Centros comerciales, galerías comerciales, tiendas por departamento, tiendas en general y conglomerados: 80%

Tiendas de abastecimiento de productos de primera necesidad, supermercados, mercados, bodegas y farmacias: 80%

Restaurantes y afines, cuya área de atención al cliente (salón, bar y sala de espera) sumen menos de 200 metros cuadrados en zonas internas: 80%

Ejecutivo: Bono de S/ 210 para trabajadores con menos ingresos

Cines y artes escénicas: 80%

Bancos y otras entidades financieras: 80%

Templos y lugares de culto: 80%

Bibliotecas, museos, centros culturales y galerías de arte: 80%

Actividades de clubes y asociaciones deportivas (deportes con contacto): 80%

Actividades de clubes y asociaciones deportivas (deportes sin contacto): 80%

Eventos empresariales y profesionales: 80%

Excepciones en 7 provincias

Este nuevo aforo entra en vigor este 15 de noviembre de 2021, en todo el país a excepción de siete provincias: Virú, Huaura, Mariscal Nieto, Morropón, Sullana, Moyobamba y Chincha, clasificadas como de nivel de alerta alto ante el covid-19 y mantienen sus aforos anteriores.

ANDINA