Hoy inició presentación de declaración jurada de funcionarios

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A partir de hoy, las autoridades, funcionarios y servidores públicos registrados por la máxima autoridad administrativa de su entidad deben presentar su Declaración Jurada de Intereses (DJI) ante la Contraloría, con el fin de prevenir y evitar posibles conflictos de interés en la administración pública.

La DJI, explicó la Contraloría, comprende información sobre los vínculos familiares, laborales, económicos y financieros del declarante, así como de su cónyuge o conviviente, con miras a transparentar y resguardar la independencia y objetividad que deben regir las funciones y actividades en la administración pública.

La presentación de la DJI constituye un requisito indispensable para el ejercicio del cargo o función pública, según la Ley N° 31227. Se realiza a través del Sistema de Declaraciones Juradas para la Gestión de Conflicto de Intereses (SIDJI) que se encuentra en el portal institucional de la Contraloría.

Las claves de acceso al SIDJI fueron remitidas a los correos electrónicos de los obligados a presentar la DJI, la cual debe presentarse en las oportunidades detalladas a continuación:

DJI de inicio: las personas obligadas y obligados (señalados en el artículo 8 del Reglamento de la Ley N° 31227) que a la fecha se encuentren ejerciendo funciones.

DJI de inicio y periódica: las personas obligadas que vienen ejerciendo funciones y que debieron presentar su declaración jurada periódica luego de la entrada en vigencia de la Ley N° 31227.

DJI de inicio y cese: las personas obligadas cuyo ejercicio de funciones culminó al extinguirse el respectivo vínculo laboral o contractual, luego de la entrada en vigencia de la Ley N° 31227.

DJI de inicio, periódica y cese: las personas obligadas cuyo ejercicio de funciones ha culminado al extinguirse el respectivo vínculo laboral o contractual y que se encontraban ejerciendo funciones y debieron presentar su declaración jurada periódica luego de la entrada en vigencia de la Ley N° 31227.

La DJI debe presentarse haciendo uso de la firma digital mediante el SIDJI. Excepcionalmente, y por única vez, quienes no cuenten con firma digital registran su DJI en el SIDJI, la imprimen y presentan con firma manuscrita dentro del mismo plazo señalado por ley a través de la mesa de partes presencial.

La presentación excepcional de esta DJI debe efectuarse en sobre cerrado adjuntando una carta simple en las diferentes mesas de partes a nivel nacional de la Contraloría.

Conforme a la Ley N° 31227, están obligados a presentar la DJI, el presidente y vicepresidente de la República, ministros y viceministros, congresistas, gobernadores regionales y vicegobernadores, alcaldes y regidores, los titulares de las entidades de la administración pública, organismos públicos, programas y proyectos especiales, profesionales y técnicos encargados de las contrataciones, entre otros.

Fuente: Andina