Infórmese aquí sobre los días feriados del 2023

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Faltan pocos días para el inicio del año 2023 y, con ello, el interés de la ciudadanía por conocer los días feriados que permitirán a las familias descansar y disfrutar de un tiempo y espacio de esparcimiento en casa o realizando viajes cortos.

Vale precisar que los feriados, definidos por ley, son descansos remunerados que no se compensan y que, además, permite el cobro de triple salario si te toca trabajar ese día.

Los días feriados, sumados a los días no laborables que serán decretados por el Gobierno, impulsará el turismo interno, rubro fundamental para la reactivación del sector, al generar puestos de trabajo y dinamizar la economía.

Para que planifiques con tiempo las actividades que podrás realizar junto a tus seres queridos, en esta nota te indicamos cuáles con los feriados durante el 2023:

-Domingo 1 de enero: Año Nuevo.

-Jueves 6 de abril: Jueves Santo.

-Viernes 7 de abril: Viernes Santo.

-Lunes 1 de mayo: Día del Trabajo.

-jueves 29 de junio: Día de San Pedro y San Pablo.

-Viernes 28 de julio: Fiestas Patrias.

-Sábado 29 de julio: Fiestas Patrias.

-Miércoles 30 de agosto: Santa Rosa de Lima.

-Domingo 8 de octubre: Combate de Angamos.

-Miércoles 1 de noviembre: Día de Todos los Santos.

-Viernes 8 diciembre: Día de la Inmaculada Concepción.

-Sábado 9 diciembre: Batalla de Ayacucho- Día no laborable sector público.

-Lunes 25 diciembre: Navidad.

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¿Cuánto debes percibir si trabajas un día feriado?

La Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) del Ministerio de Trabajo explica que, si laboras de forma presencial o remota un día feriado, deberás percibir dos remuneraciones diarias adicionales a tu remuneración mensual.

Por ejemplo, en el caso de que tu remuneración mensual sea de S/ 1,025, tu remuneración diaria es de S/ 34.17. Ello se deduce al hacer una división de tu sueldo entre 30 días (1025/30).

Al saber cuánto percibes por día, puedes calcular cuál sería tu pago. Te correspondería lo siguiente:

-Una remuneración por el trabajo realizado:       S/34.17

-Una remuneración por la sobretasa del 100%: S/34.17

En total sería S/68.34 por cada feriado laborado adicional a tu remuneración mensual.

Entonces, S/68.34 x 2 feriados laborados = S/ 136.68.

A fin de mes, recibirás en total S/1161.68.

Cabe señalar que, en caso de que tu empleador te otorgue días de descanso en sustitución a cada feriado laborado, ya no percibirás la suma adicional.

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Infracciones

Los empleadores que no cumplan con realizar el pago adicional u otorgar la compensación del descanso sustitutorio por los feriados laborados estarían cometiendo una infracción muy grave en materia de derechos laborales. Las multas, dependiendo del tipo de la empresa (micro, pequeña y no mype), pueden fluctuar entre S/ 1,058 a S/ 241,638.

Diferencias entre feriado y día no laborable

Vale precisar que los feriados son definidos por ley, mientras que los días no laborables son decretados por el Gobierno. Los feriados son descansos remunerados que no se compensan. En tanto, si no se trabaja en día no laborable se debe compensar luego esas horas.

ANDINA