JNE denuncia a López Aliaga y Carlos Álvarez por acoso y coacción

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La procuraduría del ente electoral sostiene que las expresiones contra Roberto Burneo buscan condicionar sus decisiones y afectan su independencia.

El procurador del JNE, Ronald Angulo, denunció ante la fiscalía de Lurín a Rafael López Aliaga y Carlos Álvarez por presunto acoso y coacción, tras expresiones agraviantes contra Roberto Burneo, presidente del organismo.

⚖️ Los delitos denunciados

La denuncia fue presentada ante la fiscalía de turno del distrito de Lurín. Se sustenta en dos figuras penales.

“La Procuraduría Pública del Jurado Nacional de Elecciones ha ingresado a la fiscalía de turno del distrito de Lurín una denuncia por los delitos de acoso, tipificado en el artículo 151 A del Código Penal, y por el delito de coacción”, precisó el procurador.

📍 Origen de la denuncia

De acuerdo con Angulo, los hechos se dieron en dos momentos:

Abril: Rafael López Aliaga formuló afirmaciones con connotación sexual contra Roberto Burneo.
24 de octubre: en una presentación pública en Lurín, Carlos Álvarez emitió expresiones de la misma naturaleza contra el presidente del JNE, reproduciendo lo dicho por López Aliaga.
La Procuraduría Pública del JNE presentó la denuncia ante el Ministerio Público.

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🗣️ La posición de la procuraduría

El procurador afirmó que los denunciados superaron los límites de la discrepancia frente a las decisiones del titular del JNE.

“Nosotros, como procuraduría, estamos interponiendo la denuncia porque consideramos que se habría incurrido en los tipos penales denunciados debido a que ya se han extralimitado en cuanto a cuestionar o no estar de acuerdo con una decisión jurisdiccional o un acto administrativo del presidente del jurado”, sostuvo.

Según Angulo, las expresiones tienen una connotación degradante. Además, buscarían condicionar los pronunciamientos de Burneo en el ejercicio de sus funciones y afectar la independencia del organismo electoral.

“Todos tienen derecho a la integridad, a la tranquilidad pública, a la libertad, que justamente son los bienes jurídicos protegidos en este delito denunciado”, remarcó.

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📚 El precedente del Tribunal Constitucional

El procurador citó la jurisprudencia del Tribunal Constitucional en el expediente 29/76-2012. Este fallo distingue la crítica legítima a los funcionarios públicos de las expresiones vejatorias o insultantes que pueden vulnerar derechos fundamentales.

Angulo explicó que la denuncia se presentó porque las expresiones son de conocimiento público y se han repetido en más de una ocasión.

Foto Andina