Ley 26519 es clara: especialistas dicen que al dictador Fujimori no le corresponde pensión

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Hablan los especialistas. La Ley 26519, que establece pensión para expresidentes constitucionales de la República, es clara respecto a quiénes les corresponde este beneficio, y el dictador Alberto Fujimori Fujimori no cumple con los requisitos.

“El derecho referido en esta ley queda en suspenso para el caso de expresidentes de la República respecto de los cuales el Congreso haya formulado acusación constitucional, salvo que la sentencia judicial los declare inocentes”, se señala en el artículo 2 de la citada ley.

La Ley 26519 fue dada el 24 de julio de 1995, en plena gestión de Alberto Fujimori, cuando el titular del Congreso Constituyente Democrático era el fujimorista Jaime Yoshiyama y el primer presidente de este poder del Estado era Carlos Torres y Torres Lara.

En opinión del exprocurador anticorrupción Antonio Maldonado, esta ley anula la pensión vitalicia a expresidentes que han sido acusados constitucionalmente y sentenciados, e indicó que el exmandatario enfrenta una denuncia constitucional y ha sido condenado por delitos graves.

“Me parece que no procede. Fujimori no solo fue acusado y destituido por el Congreso. Fujimori está incluso en una situación muy grave, pues supera ese estándar. Además, fue condenado por graves delitos, que constituyen graves violaciones de derechos humanos”, aseveró.

Similar opinión fue la del exoficial mayor del Congreso, César Delgado-Guembes, quien dio cuenta de las excepciones que hay respecto a las pensiones para los exjefes de Estado, las cuales alcanzan a Fujimori Fujimori.

“La ley 26519, si bien reconoce la pensión vitalicia para los presidentes, también contempla las excepciones. La norma dice que una de las excepciones es que no corresponderá la pensión vitalicia a los presidentes de la República que hubieran pasado por un trámite de acusación constitucional y eventualmente que hubieran sido condenados por el Poder Judicial. Por tal motivo, no le correspondería al señor Fujimori”, sostuvo.

Alberto Fujimori presentó formalmente su solicitud al Congreso, amparándose en el acuerdo de Mesa 078-2016- 2017/MESA-CR, mediante tres oficios firmados tanto por él como por su abogado, Elio Riera, en el que además de pensión vitalicia, solicita el pago de un asistente y el pago de gastos por combustible.

El procurador general del Estado, Javier Pacheco, se refirió acerca de la solicitud de Alberto Fujimori al Congreso, considerando que el expresidente “no pagó un sol” de reparación civil y aclaró que “no ha sido declarado inocente”.

“Él fue sentenciado por siete casos. De los cuales, tres están vinculados a corrupción y uno de estos fue el famoso pago de la CTS a Vladimiro Montesinos por 7 millones. Entonces, respecto a eso, se le impuso, en suma, un total de 27 millones de soles, dentro de los cuales, más los intereses al día de hoy, suman 57 millones, de los cuales no ha pagado ni un sol”, manifestó el letrado.

Según el abogado Carlos Rivera, el dictador Fujimori no puede acceder a los beneficios solicitados, ya que la ley 26519, promulgada por él mismo en 1995, limita estas prerrogativas en casos de presidentes acusados o condenados.

Si esa es la disposición legal, no puede solicitar un beneficio de esa naturaleza. Y él ha sido condenado hasta en seis oportunidades, tanto por crímenes de derechos humanos como por crímenes de corrupción”, apuntó.

Desde el Congreso de la República, el premier Gustavo Adrianzén aseguró que será el Ejecutivo el que evaluará si la pensión corresponde, pero pidió al exjefe de Estado que primero pague la reparación civil que adeuda al país.

“Los temas que corresponden a los expresidentes tienen que ser objeto de atención por los órganos correspondiente. En este caso será el Poder Ejecutivo el que vea si efectivamente corresponde el otorgamiento de esas pensiones”, comentó.

Texto: WSV
Foto: Composición
Videos: Twitter Canal N, Exitosa Noticias

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