Zoraida Ávalos es reincorporada como fiscal suprema titular del Ministerio Público

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La abogada Zoraida Ávalos Rivera, fue reincorporada como fiscal suprema titular del Ministerio Público, según lo establecido en una decisión judicial.

Esta medida se oficializa hoy viernes en la Resolución de la Fiscalía de la Nación 1257-2024-MP-FN, publicada en las normas legales de El Peruano.

La reincorporación de Zoraida Ávalos Rivera se da en cumplimiento de lo dispuesto por la Tercera Sala Constitucional de la Corte Superior de Justicia de Lima, signado con el expediente 02850-2023-0-1801-SP-DC-03, a través de las resoluciones 8 y 9, de fechas 29 de abril y 16 de mayo de 2024, respectivamente.

Así, se designa como fiscal suprema titular en el despacho de la Segunda Fiscalía Suprema Penal del Ministerio Público.

Asimismo, dispone que se notifique a la Junta Nacional de Justicia, la presidencia de la Corte Suprema, la Segunda Fiscalía Suprema Penal, las presidencias de las Juntas de Fiscales Superiores de los Distritos Fiscales, las Coordinaciones Nacionales, Gerencia General, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales, Oficina General de Potencial Humano y a la fiscal mencionada.

Poder Judicial ordena reincorporación inmediata de Ávalos como fiscal suprema

La Resolución de la Fiscalía de la Nación lleva la firma del titular del Ministerio Público, Juan Carlos Villena.

El Congreso, a través de la resolución legislativa 024-2022-2023-CR, resolvió inhabilitar por cinco años para el ejercicio de la función pública a Zoraida Ávalos Rivera, en su condición de exfiscal de la Nación, por infracción del numeral 4 del artículo 159 de la Constitución Política del Perú.

Luego mediante la resolución de la Fiscalía de la Nación 3433-2023-MP-FN, se dispuso finalizar su designación como fiscal suprema titular, en el despacho de la Segunda Fiscalía Suprema Penal.

Finalmente, por medio de la resolución 8, la Tercera Sala Constitucional de la Corte Superior de Justicia de Lima, resolvió declarar fundada en parte la demanda, y por tanto inaplicable los efectos de la mencionada resolución legislativa, ordenando su reincorporación.

Foto Andina