Ola de calor: obreros municipales tienen derecho a recibir protección contra el sol

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La Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) recordó los derechos de los obreros municipales que cumplen labores a la intemperie, ante la elevada sensación de calor que soporta Lima, Piura, Tumbes, además de otras regiones del país.

Por ello, la Sunafil indicó que se requiere implementar medidas preventivas contra los efectos nocivos para la salud por la exposición prolongada a la radiación solar, responsabilidad del empleador municipal mediante el encargado de Seguridad y Salud de los gobiernos locales.

Entre estas medidas, se debe entregar a cada obrero protección solar y bloqueador, así como conceder un tiempo mínimo de recuperación, debido a la existencia del estrés térmico.

Lima soportó 21 días consecutivos de ola de calor entre enero y febrero

Después de ese descanso, el operario podrá continuar con sus labores habituales, como se establece en el Reglamento de Seguridad y Salud del Trabajo de los Obreros Municipales del Perú.

Entre los elementos de protección solar se encuentran los sombreros de ala ancha, el protector de nuca, gorros, lentes de sol con protección UV, además de agua a fin de garantizar la hidratación.

Por la labor de campo de los trabajadores agrarios, que se desempeñan en la agroindustria o agroexportación, el empleador debe garantizar, toda la jornada de trabajo, el suministro de agua potable para el consumo humano.

Minsa advierte que la ola de calor afecta también la salud mental de las personas

Esta debe estar a disposición mediante bebederos ubicados in situ y distribuidos estratégicamente, para la hidratación constante.

Se tipifican como infracciones graves en materia de seguridad y salud en el trabajo no realizar las evaluaciones de riesgos y los controles periódicos de las condiciones de trabajo y de las actividades de los trabajadores, así como no considerar acciones de prevención.

Es asimismo una infracción grave incumplir con las obligaciones en materia de formación e información suficiente y adecuada a los trabajadores, sobre los riesgos del puesto de trabajo y las medidas preventivas aplicables.

RG- Foto Andina