El Quinto Juzgado Especializado en lo Constitucional de Lima declaró inadmisible la demanda de amparo interpuesta por el alcalde de Lima Metropolitana, Renzo Reggiardo, en contra del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) y su procurador público.
A través de este recurso, el alcalde solicitaba anular el acuerdo del Pleno del JNE que declaró inviable la realización de elecciones complementarias. Además, pedía la convocatoria a nuevos comicios en aquellos distritos que enfrentaron problemas logísticos durante la jornada electoral del 12 de abril.
El PJ declara inadmisible la demanda de Renzo Reggiardo contra el JNE. ¿Por qué? El Juzgado advierte que se presenta como alcalde pese a no tener autorización del Concejo Metropolitano y que su pedido de «elecciones complementarias» no tiene base legal alguna pic.twitter.com/hFbrU1hm2I
— Diego Casimiro Ore (@maagnetar) May 12, 2026
En su resolución, el juzgado resaltó que la demanda de amparo presenta «ambigüedades sustanciales» que dificultan su tramitación, otorgando un plazo de tres días para que estas observaciones sean corregidas.
El tribunal indicó en el documento judicial que Reggiardo actúa simultáneamente como ciudadano y como autoridad municipal, lo que genera una «dualidad incompatible». Asimismo, se señaló que no se presentó un documento formal que lo habilite a intervenir en calidad de alcalde.
#LoÚltimo 🚨El Quinto Juzgado Especializado en lo Constitucional del @Poder_Judicial_ declaró inadmisible la demanda de amparo que interpuso Renzo Reggiardo, alcalde de la @MuniLima, contra el @JNE_Peru para ordenar la convocatoria de elecciones complementarias en Lima. 🧵 pic.twitter.com/bS8gJIg4Cn
— OjoPúblico (@Ojo_Publico) May 12, 2026
El juzgado también observó que, aunque el demandante se identificó como ciudadano particular, invocó el artículo 20, inciso 1, de la Ley Orgánica de Municipalidades para justificar su actuación en defensa de los vecinos de Lima, lo cual generó cuestionamientos respecto a las bases legales de su argumento.
Por otro lado, se subrayó que la convocatoria a elecciones corresponde exclusivamente al presidente de la República. Sin embargo, este no fue incluido como parte en el recurso de amparo presentado.
Finalmente, el juzgado advirtió que si las observaciones señaladas no son subsanadas dentro del plazo establecido, el expediente será archivado.
Poder Judicial declaró inadmisible la demanda presentada por el alcalde de Lima, Renzo Reggiardo, para convocar a elecciones complementarias
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— Canal N (@canalN_) May 12, 2026
Texto: WSV
Foto: Composición
Video: Twitter Canal N
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