La Tercera Sala Penal Superior Nacional Liquidadora Transitoria de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada decidió no aplicar la Ley 32419, que incluye disposiciones relacionadas con la amnistía, en el caso de Luis Augusto Pérez Documet. Este proceso lo acusa del delito de desaparición forzada en detrimento de César Isaías Hilario Trucios. La decisión se tomó el pasado 10 de julio.
#Decisión La Tercera Sala Penal Superior Nacional Liquidadora Transitoria declaró, por voto en mayoría, improcedente la excepción de amnistía solicitada por el exoficial del Ejército Luis Augusto Pérez Documet, condenado a 15 años de prisión por el delito de desaparición forzada. pic.twitter.com/SVAKEjT83o
— Corte Superior Nacional (@csnjpeOficial) August 21, 2026
El tema principal del pronunciamiento fue la excepción de amnistía presentada por la defensa de Pérez Documet, quien ha sido condenado como autor mediato del delito mencionado. La Sala determinó que para resolver el asunto era necesario considerar la gravedad del delito y los compromisos internacionales de Perú en materia de derechos humanos.
Corte Penal Nacional inaplica ley 32419 de #amnistía para violadores de DDHH, en caso del prófugo Luis Pérez Documet, condenado por desaparición forzada de Cesar Hilarios en 1991.
Declara que la ley incumple obligaciones internacionales y favorece la impunidad. pic.twitter.com/RWjiiTXUAd— Carlos Rivera Paz (@IDL_Rivera) August 20, 2026
El tribunal sostuvo que la aplicación de la excepción de amnistía es incompatible con la naturaleza ius cogens del delito de desaparición forzada. En este sentido, detectaron una «colisión directa e insalvable» entre la Ley 32419, el bloque de constitucionalidad, los principios internacionales asumidos por Perú y las sentencias obligatorias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
📌El @Poder_Judicial_ rechazó aplicar la Ley 32419 que otorga amnistía a policías y militares procesados por vulnerar DD.HH en el caso del exjefe de División de Fuerzas Especiales del Ejército, Luis Pérez Documet, condenado por desaparición del profesor César Hilario en 1991.🧵 pic.twitter.com/RPEgzCiota
— OjoPúblico (@Ojo_Publico) August 20, 2026
Asimismo, la Sala citó la jurisprudencia de la Corte IDH sobre la prohibición de medidas que fomenten la impunidad ante graves violaciones a los derechos humanos. En particular, citaron el caso Gelman vs. Uruguay y argumentaron que aplicar la Ley 32419 en este contexto «no es posible» por su incompatibilidad con las obligaciones internacionales y el bloque constitucional vigente.
Nunca se ha visto tal desfile de criminales sentenciados, procesados y prófugos
Imponen su presencia, así no sea físicamente
Exgeneral Luis Augusto Pérez Documet, condenado y prófugo manda arreglo para su Dictador Fujimori
De terror#Fujimorismonuncamas https://t.co/0ze8UedLXA— Mireya CH (@mirecarhuas) September 13, 2024
Debido a estas consideraciones, los jueces Helbert Llerena, Reli Callata y Daniel Cerna decidieron «no aplicar la Ley 32419 mediante control difuso en este caso específico, ya que contraviene el bloque constitucional». Asimismo, declararon improcedente la excepción de amnistía presentada por la defensa de Pérez Documet y ordenaron que la resolución sea notificada según lo establecido por la ley.
Prófugo Gral. del @EjercitoPeru (r) LUIS AUGUSTO PÉREZ DOCUMET, condenado como autor mediato a 15 años d prisión x la desaparicion forzada del dirigente César Isaías Hilario Trucios, hecho ocurrido en Concepción (Junín) el 07MAR91, en el juicio oral para determinar… 1/2 pic.twitter.com/RZnVaPDPno
— Juan Jose Quispe (@Jjquispe01) August 14, 2024
Texto: WSV
Foto: Composición
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