Hoy rige inmovilización social obligatoria en zonas de riesgo extremo

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El primer domingo con inmovilización social obligatoria y estricta se cumple hoy en todas aquellas provincias con el nivel de riesgo extremo debido al covid-19.

Esta medida empezó ayer sábado desde las 21:00 horas y continuará hasta las 4:00 horas del lunes.

Huaraz (Áncash), Huamanga (Ayacucho), Canchis (Cusco), Huancavelica y Tayacaja (Huancavelica), Huánuco (Huánuco), Ica y Chincha (Ica) son las provincias con nivel de riesgo extremo.

También Huancayo, Tarma, Chanchamayo, Satipo y Chupaca (Junín), Lima Metropolitana, Callao, Huaura, Barranca, Huarochirí y Huaral (Lima), Maynas (Loreto), Ilo (Moquegua), Oxapampa (Pasco), Puno (Puno) y Tacna (Tacna).

Esta medida se tomó el Consejo de Ministros y regirá por dos domingos (hoy y el 14 de marzo), para mantener la reducción de los casos de covid-19.

El Poder Ejecutivo levantó el pasado 24 de marzo la cuarentena en las regiones de nivel de riesgo extremo, sin embargo, determinó estableció nuevo horario de toque de queda que es de 21:00 hasta las 4:00 horas del día siguiente y estableció los domingos la inmovilización social obligatoria.

Excepciones

Durante la inmovilización social obligatoria, está exceptuado el personal estrictamente necesario que participa en la prestación de los servicios de salud, medicinas, abastecimiento de tiendas de primera necesidad, supermercados, mercados, mercados itinerantes y bodegas.

Asimismo, servicio de restaurante para entrega a domicilio, la continuidad de los servicios de agua, saneamiento, energía eléctrica, gas, combustibles, telecomunicaciones y actividades conexas, limpieza y recojo de residuos sólidos.

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También, servicios funerarios, transporte de carga y mercancías y actividades conexas, actividades relacionadas con la reanudación de actividades económicas, transporte de caudales.

Durante la inmovilización social obligatoria se permite que las farmacias y boticas puedan brindar atención de acuerdo con la norma de la materia.

Medios de prensa

El personal de prensa escrita, radial o televisiva podrá transitar en el período de inmovilización social obligatoria si portan su pase personal laboral, su credencial periodística respectiva y su Documento Nacional de Identidad para fines de identificación.

La autorización se extiende para las unidades móviles que los transporten para el cumplimiento de su función.

También se autoriza el desplazamiento de quienes requieren de una atención médica urgente o de emergencia por encontrarse en grave riesgo su vida o salud y para la adquisición de medicamentos, sin restricciones por la inmovilización social obligatoria.

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