El Poder Judicial volvió a negar una solicitud del exaspirante presidencial de Juntos Por el Perú, Roberto Sánchez, quien buscaba dejar sin efecto el Auto de Enjuiciamiento dictado en su contra. La investigación lo señala por presuntamente alterar información sobre los aportes y gastos de su campaña entre 2019 y 2020.
La Fiscalía pide para él una condena de 5 años y 4 meses de cárcel. Actualmente, Sánchez trabaja como asesor parlamentario en el nuevo Congreso.
La titular del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, Lily Vásquez, recibió al mandatario que llegó para participar en la transmisión de mando de este 28 de julio.
Tras lo resuelto por el PJ, el exlegislador tendrá que enfrentar el proceso judicial como presunto responsable de falsear datos sobre aportaciones, ingresos y gastos de partidos políticos, además de presentar declaraciones falsas en trámites administrativos.
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⚖️ Los delitos que enfrenta el exlegislador
A través de un recurso de nulidad, Sánchez pretendía que su caso retrocediera hasta la fase de control de acusación. Su defensa alegó una falla en el procedimiento por parte del juez Adolfo Farfán, titular del 33 Juzgado de Investigación Preparatoria de Lima. El pedido fue declarado infundado.
Así lo señaló el propio documento judicial: «Es materia de pronunciamiento el recurso de nulidad formulado por la defensa técnica del acusado Roberto Helbert Sánchez Palomino contra el Auto de Enjuiciamiento contenido en la Resolución N.° 53, mediante el cual se dispuso la conclusión de la etapa intermedia y la remisión de los actuados al órgano jurisdiccional competente para el juzgamiento».
Los abogados de Sánchez sostuvieron que el Auto de Enjuiciamiento carecía de sustento al admitir todas las pruebas presentadas por el Ministerio Público.
📋 Los argumentos de la defensa
También objetaron el orden en que se revisaron los recursos durante la etapa de control, lo que a su parecer «habría lesionado el debido proceso y su derecho de defensa».
Sin embargo, todos los cuestionamientos planteados por la defensa del exparlamentario fueron rechazados por el juzgado.
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🔍 La respuesta del Poder Judicial
El juez Farfán Calderón explicó los motivos de su fallo: «Debe tenerse presente, además, que la finalidad de la etapa intermedia no consiste en realizar un juicio anticipado sobre el mérito de la prueba, sino verificar su pertinencia, utilidad y conducencia para efectos del juicio oral».
Con ese razonamiento, el magistrado concluyó que no correspondía anular el proceso solo porque el acusado discrepara del criterio judicial usado para aceptar ciertas pruebas. Para el juzgado, esa discrepancia no demuestra que exista una motivación inexistente, aparente o arbitraria que justifique declarar la nulidad.
Foto Andina
