TC elimina la norma absurda que sancionaba penalmente por apoyar protestas pacíficas

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El Tribunal Constitucional (TC) ha dejado sin efecto las normas que permitían la penalización de ciudadanos por brindar apoyo logístico a protestas pacíficas. El organismo argumentó que proporcionar alimentos, transporte o recursos a los manifestantes forma parte del derecho constitucional a la protesta. Sin embargo, reafirmó que las acciones violentas seguirán siendo sancionadas.

Este fallo del Tribunal modifica la aplicación del Decreto Legislativo 1589, aprobado durante el gobierno de Dina Boluarte, que imponía sanciones a quienes respaldaban movilizaciones sociales. La decisión se tomó tras una demanda del Colegio de Abogados de Puno, que cuestionó la norma al alegar que podría criminalizar actos de apoyo ciudadano en protestas legítimas.

 

 

Con la sentencia, el TC declaró inconstitucionales los artículos 283-A y 315-B del Código Penal, los cuales castigaban como “actos de colaboración” la entrega de recursos como dinero, alimentos y transporte a quienes participaban en marchas. Los magistrados determinaron que estas medidas vulneraban principios constitucionales al criminalizar acciones de solidaridad o asistencia que no involucraban actos violentos.

Esta resolución también afectará las investigaciones iniciadas bajo dichas disposiciones. Los ciudadanos procesados o denunciados únicamente por apoyo logístico a protestas pacíficas podrían quedar fuera de esos procesos debido a la pérdida de sustento legal de las sanciones. No obstante, el Tribunal Constitucional aclaró que esta protección no se extiende a participantes de actos violentos durante manifestaciones, manteniéndose las penas por disturbios, daños a la propiedad o bloqueos que afectan gravemente los servicios públicos.

El organismo enfatizó que el derecho a la protesta está protegido por la Constitución siempre que se ejerza de manera pacífica y sin armas. Las acciones que vulneren derechos de terceros o causen destrucción no están protegidas. Con esta decisión, el TC distingue entre la protesta ciudadana y los actos delictivos durante las movilizaciones, estableciendo que el apoyo solidario no puede considerarse igual a la participación en hechos violentos.

 

 

Texto: WSV
Foto: Difusión

 

 

 

 

 

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