Colegios privados deben informar monto de pensiones 30 días antes de la matricula

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Los colegios privados deben informar por lo menos 30 días antes del proceso de matrícula sobre el monto, número y fecha de pago de las pensiones y las cuotas de matrícula y de ingreso, según la norma aprobada por el Ejecutivo contra la informalidad en la prestación de los servicios educativos de educación básica de gestión privada.

Indecopi recordó que la normativa en materia de servicios educativos, hasta entonces vigente, solo preveía que esa información se brinde en el proceso de matrícula.

Los colegios privados deben informar ahora también al menos 30 días antes de finalizar el periodo lectivo en curso si el monto de las pensiones aumentará para el siguiente año, de acuerdo con el Decreto de Urgencia 002-2020.

El citado decreto de urgencia dispone también que los colegios privados informen antes de iniciar el proceso de matrícula la data histórica del monto de las pensiones, matrícula y cuota de ingreso de los últimos cinco años (o la disponible desde su creación para las que tienen menos de cinco años operando).

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El objetivo del dispositivo emitido el pasado 8 de enero es fortalecer la transparencia de información en favor de los padres de familia.

Indecopi resaltó que la citada norma permite al Ministerio de Educación (Minedu) y a las entidades educativas competentes (Direcciones Regionales de Educación, Unidades de Gestión Educativa Local) tomar medidas contra la informalidad y mejorar la prestación del servicio educativo que ofrecen los colegios privados.

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De igual manera, determina cambios en las condiciones económicas aplicables a este servicio con el fin de salvaguardar la continuidad y accesibilidad económica del servicio educativo.

Para ello, dispone la devolución de la cuota de ingreso de forma proporcional al tiempo de permanencia del estudiante, por traslado de matrícula o retiro voluntario de este, permitiendo la deducción de las deudas existentes del monto a devolver.

Foto internet/medios-Referencial