JNE cancela alianzas que se constituyeron para elecciones 2016

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Tras la reapertura del Registro de Organizaciones Políticas (ROP), esta Dirección Nacional canceló las tres alianzas electorales que se formaron con motivo de las elecciones presidenciales 2016, informó este miércoles el Jurado Nacional de Elecciones (JNE).

De acuerdo con el director nacional del Registro de Organizaciones Políticas, Fernando Rodríguez, se cancelarán las coaliciones Alianza Popular (Partido Aprista Peruano, Partido Popular Cristiano y Vamos Perú), Alianza para el Progreso del Perú (Alianza para el Progreso, Restauración Nacional y el Partido Democrático Somos Perú) y la Alianza Electoral Solidaridad Nacional – UPP (Unión por el Perú y Solidaridad Nacional).

Indicó que solo Alianza para el Progreso del Perú solicitó formalmente su cancelación, mientras lo hará de oficio con las otras dos alianzas, de acuerdo con lo que fija, la Ley de Organizaciones Políticas, artículo 13, inciso e.

 “La Ley de Organizaciones Políticas señala que, para el caso de las alianzas, el Registro de Organizaciones Políticas procede a la cancelación a más tardar dentro de los 30 días de concluido el proceso electoral para el que se conformaron, salvo que sus integrantes decidan ampliar el plazo de vigencia. Dicho plazo ya venció, por lo que en los casos de Alianza Popular y Solidaridad Nacional – UPP se procederá a la cancelación de oficio”, declaró.

Por otro lado, indicó que se retomarán todos los procesos de inscripción de partidos políticos que se vieron interrumpidos por las elecciones presidenciales 2016.

“El Registro de Organizaciones Políticas cierra mientras se producen los procesos electorales y vuelve a sus funciones 30 días después de concluidas estas, por lo que continuaremos con el procedimiento para inscribir a organizaciones políticas”, resaltó.

Sostuvo que el Registro de Organizaciones Políticas puede recibir nuevas solicitudes de inscripción, cumpliendo con lo que establece la Ley de Organizaciones Políticas, como es la presentación de la relación de adherentes, el acta de fundación, el estatuto partidario, entre otros.

Foto internet/medios