Organismos de DDHH rechazan expansión de tribunales militares en Brasil

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SANTIAGO DE CHILE.- Organismos internacionales de derechos humanos, rechazaron hoy categóricamente un proyecto de ley que expande la jurisdicción de tribunales militares en Brasil, una iniciativa, que, según afirman, “impedirá una investigación independiente e imparcial”.

La Oficina para América del Sur del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los DDHH (Acnudh) y la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) de la OEA, precisaron que dicha ley, que modifica el Código Penal Militar, permitirá que los homicidios dolosos de civiles cometidos por agentes de las Fuerzas Armadas sean juzgados por tribunales militares.

En un comunicado difundido este viernes, ambos organismos sostienen que los juicios en tribunales militares de denuncias de violaciones a los derechos humanos cometidas por militares, impiden la posibilidad de una investigación independiente e imparcial realizada por autoridades judiciales no ligadas a la jerarquía de mando de las propias fuerzas de seguridad.

Recuerdan que el Estado brasileño ha ratificado varios instrumentos internacionales de derechos humanos que garantizan a todas las personas un juicio por tribunales competentes, independientes e imparciales, tales como el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

“La justicia militar solo debe juzgar a militares acusados de crímenes de carácter exclusivamente militar o infracciones de disciplina militar”, expresó el representante para América del Sur del Acnudh, Amerigo Incalcaterra.

Según Incalcaterra, la ampliación de la jurisdicción de los tribunales militares “representa un grave obstáculo” para un juicio justo e imparcial, ofende el principio de la igualdad ante la ley, y relativiza las garantías plenas del debido proceso legal “y también las normas internacionales de derechos humanos”.

Asegura que el Sistema Interamericano de Derechos Humanos ha destacado de manera consistente que la jurisdicción militar no es el fuero competente para investigar y, en su caso, juzgar y sancionar a los autores de alegadas vulneraciones de derechos humanos.

Para los países que todavía la conservan, la jurisdicción penal militar debe tener un alcance restrictivo y excepcional, relacionado con bienes jurídicos propios del orden militar, y nunca debe tener un rol en la investigación de presuntas violaciones a los derechos humanos.

Acnudh y CIDH, sostienen que las modificaciones al Código Penal Militar de Brasil que ampliarían la competencia de los tribunales militares representan “un franco retroceso”, contrario a la Convención Americana y a los estándares interamericanos y universales de derechos humanos.

“Este proyecto de ley es incompatible con las obligaciones internacionales asumidas por Brasil en materia de derechos humanos”, afirmó el Presidente de la Comisión Interamericana, Francisco Eguiguren.

Por su parte, el relator de la CIDH para Brasil, James Cavallaro, señaló que “no es razonable un retroceso en una conquista tan importante del proceso de redemocratización de Brasil en los años 80”.

El Acnudh también recuerda y destaca que el Relator Especial de las Naciones Unidas contra la Tortura recomendó a Brasil en el año 2016 asegurar que las denuncias y violaciones cometidas por agentes militares contra civiles sean procesadas por tribunales civiles.

Por último, el Acnudh y la Comisión Interamericana de Derechos Humanos subrayan que se dirigieron al Estado brasileño con preocupación sobre el referido proyecto de ley de forma previa a su aprobación.

El proyecto de ley aprobado sigue para la sanción o veto presidencial en los próximos días.

Por lo anterior, el Acnudh y la CIDH instan a que se vete integralmente el proyecto de ley por ser incompatible con las normas internacionales de derechos humanos ratificadas por Brasil.