Fiscal de la Nación pide admitir denuncia constitucional contra Patricia Benavides

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La titular del Ministerio Público, Delia Espinoza, dirigió una comunicación oficial a José Jerí, quien preside la Comisión Permanente del Congreso, requiriéndole que declare sin validez jurídica «todo el procedimiento llevado a cabo por la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales [SAC]» en relación con la acusación constitucional formulada contra Patricia Benavides Vargas por supuestas irregularidades en un expediente relacionado con Los Cuellos Blancos del Puerto.

El 12 de junio pasado, Delia Espinoza interpuso una acusación constitucional contra Patricia Benavides Vargas por la presunta ejecución de los delitos de cohecho pasivo específico, encubrimiento personal agravado y abuso de autoridad. Estos cargos se fundamentan en un presunto intercambio de beneficios que la anterior fiscal de la nación habría establecido con Jorge Luis Castillo Alva, objeto de investigación en el caso Cuellos Blancos, a través de su defensor legal Jefferson Gerardo Moreno Nieves.

En relación con este proceso, el 25 de junio último, el Juzgado Supremo de Investigación Preparatoria ordenó el apartamiento provisional de Patricia Benavides de sus funciones como fiscal suprema y fiscal de la nación, durante un período de 24 meses. Esta medida provocó que no retomara estas responsabilidades, pese a la exigencia formulada por la Junta Nacional de Justicia (JNJ).

En este contexto, el 26 de julio pasado, la acusación constitucional contra Patricia Benavides fue incorporada en la agenda de la SAC por solicitud del legislador Héctor Ventura (Fuerza Popular). En esa oportunidad se presentó el documento conclusivo que sugería «admitir a trámite por procedente» esta acusación. Sin embargo, mediante 7 votos negativos, el documento quedó desestimado sin discusión previa.

Frente a esta situación, Delia Espinoza Valenzuela argumenta que la falta de fundamentación en la decisión y la carencia de debate «vulneran de manera flagrante las reglas que rigen el procedimiento parlamentario», y que la SAC no manifestó «razón alguna que justificara la negativa de admisión» de la acusación, lo que «desnaturaliza la función de control político y convierte el acto parlamentario en una manifestación de arbitrariedad institucional».

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Por tanto, requiere que la Comisión Permanente invalide lo ejecutado en la subcomisión y proceda a admitir la acusación.

Espinoza Valenzuela critica que la subcomisión haya optado por examinar justamente esa acusación constitucional cuyo proceso se encontraba a la espera de una decisión judicial, cuando existían otras acusaciones formuladas anteriormente contra Patricia Benavides que se mantenían «sin siquiera ser calificadas».

«Cabe preguntarse cuál es la razón para otorgar atención prioritaria a esta denuncia, en detrimento de otras 5 denuncias mucho más antiguas. La única circunstancia particular entre todos estos casos es que la carpeta fiscal que dio origen a la presente denuncia constitucional contenía una medida cautelar de suspensión preventiva de derechos contra la investigada, cuya audiencia de apelación ante la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema estaba programada para el 30 de junio de 2025», cuestionó.

«¿Fue acaso esta situación la que motivó su tramitación preferente? ¿Se pretendía que un eventual archivo parlamentario influyera en la decisión judicial pendiente? Interrogantes como estas ponen de relieve la necesidad de un examen objetivo y transparente del proceder seguido en este caso», manifestó.

El tribunal dirigido por el magistrado César San Martín determinó declarar improcedente la sanción contra Benavides Vargas, después de sostener, entre otras consideraciones, que «no está autorizada la promoción de la acción penal» contra la funcionaria judicial «mientras el Congreso no declare haber lugar a la formación de causa», por lo cual «no es posible pedir y otorgar la medida solicitada de suspensión temporal en el ejercicio del cargo».

Asimismo, la fiscal de la Nación indica que el congresista Héctor Ventura participó en la misma mesa con Patricia Benavides Vargas el 8 de diciembre anterior, durante una actividad en la que se expresó respaldo a la magistrada luego de su suspensión.

«Posteriormente, es justamente el congresista Héctor Ventura quien solicitó la ampliación de la agenda de la sesión (de la SAC) para incluir el tratamiento de la denuncia constitucional, votando luego por su no admisión a trámite. La coincidencia entre un respaldo político público y la actuación parlamentaria en favor del archivo de la denuncia introduce una apariencia razonable de parcialidad y de utilización de la función legislativa para proteger a la persona investigada», señaló Espinoza.

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Por otra parte, la jefa del Ministerio Público destaca que «cinco de los siete congresistas que rechazaron el informe mantienen investigaciones preliminares a cargo de la Fiscalía de la Nación», como ocurriría con Jorge Montoya, Esdras Medina, Martha Moyano y el mismo Héctor Ventura.

Respecto a este último aspecto, Espinoza subraya que el Reglamento del Congreso impide de forma explícita que legisladores «comprendidos en procesos penales» puedan formar parte de la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales, considerando que, incluso, quien fungía como presidenta de dicha instancia de trabajo, María Acuña, se encontraba involucrada en un proceso judicial.

Por esta razón, la funcionaria judicial indica que todo el trámite desarrollado en la SAC «es jurídicamente inválido, dado que fue emitido por un órgano que no estaba válidamente constituido, al integrar a miembros inhabilitados por mandato expreso del Reglamento del Congreso».

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Foto Andina

 

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