Congreso: aprueban norma para la Cámara de los Diputados: serán 130 escaños en el 2026

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Hoy el Congreso de la República divulgó la resolución legislativa mediante la cual se autoriza el Reglamento de la Cámara de Diputados, que contará con 130 representantes elegidos en el proceso electoral del 12 de abril de 2026, como integrante de la nueva estructura bicameral del Parlamento.

La normativa se encuentra integrada por nueve capítulos, 197 normas específicas y dos disposiciones transitorias finales, que establecerán el modo de funcionamiento de la Cámara de Diputados y tendrá vigencia a partir del día siguiente de su inscripción en la separata de Normas Legales del diario El Peruano, en conformidad con los resultados proclamados por el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) tras los comicios de 2026.

La Resolución Legislativa 005-2025-2026-CR, que oficializa el Reglamento de la Cámara de Diputados, se registró hoy en el diario oficial El Peruano y cuenta con la firma de Fernando Rospigliosi, primer vicepresidente en ejercicio de la Presidencia del Congreso, y Waldemar Cerrón, segundo vicepresidente.

📋 Facultades y responsabilidades de la nueva Cámara

Conforme a este reglamento, la Cámara de Diputados tendrá como responsabilidades: validar los textos normativos que serán trasladados al Senado; ejercer interpelación y censura hacia los ministros; otorgar o denegar confianza según iniciativa del ejecutivo; establecer comisiones de pesquisa para indagaciones relacionadas con asuntos de relevancia nacional; y ejecutar las demás competencias reconocidas por la Constitución.

Complementariamente, la norma establece que la tarea legislativa incluye la presentación, discusión y aprobación de iniciativas normativas, conjuntamente con su análisis, reforma y eliminación, en coherencia con lo determinado en la Carta Magna, el reglamento general del Congreso y esta normativa en particular.

La resolución también especifica que la designación de la Mesa Directiva de esta institución ocurrirá como máximo el 26 de julio de 2026 o en el instante de la apertura de la Cámara de Diputados, programada para el 27 de julio del 2026.

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La configuración legislativa de la Cámara de Diputados estará constituida por el Hemiciclo, la Junta de Portavoces, la Dirección, la Mesa Directiva, los organismos de trabajo y las agrupaciones políticas.

🏛️ Una estructura con 16 espacios de trabajo especializados

El reglamento determina que esta institución funcionará con 16 comisiones de labor parlamentaria. Estas incluyen la de Constitución, Reglamento y Relaciones Exteriores; Defensa Nacional y Orden Interno; Desarrollo Agrario; Protección del Usuario y Control de Prestaciones Públicas; Mejora Administrativa y Contraloría; Mercado, Finanzas, Economía e Inteligencia Financiera; Formación, Bienes Culturales y Recreación; y Recursos Naturales y Minería.

Adicionalmente figuran las comisiones de Justicia y Derechos Fundamentales; Inclusión, Hogar, Género e Identidades Indígenas, de la Amazonía y Afrodescendientes; Comercio, Negocios al Exterior y Turismo; Preservación Ambiental y Sustentabilidad; Salud Pública; Empleo y Protección Laboral; Transportes, Alojamiento y Vialidad; y Tecnología, Desarrollo Científico y Sociedad de la Información.

Igualmente, se indica que los debates en el Hemiciclo se efectúan en la sala de sesiones y, en circunstancias particulares, la Cámara de Diputados puede desarrollar sesiones en cualquier localidad del país, posterior a decisión de la Junta de Portavoces.

🔍 Control político como pilar institucional

Una de las funciones principales que establece este reglamento es la fiscalización política. En este contexto, especifica que integra esta supervisión la presentación del presidente del Consejo de Ministros acerca de la dirección y objetivos del Ejecutivo, presentación que debe ocurrir dentro del período de 30 días desde su incorporación al cargo.

Detalla que el jefe del Consejo de Ministros acude ante el Hemiciclo de la Cámara de Diputados, en compañía de su equipo ministerial, para presentar y debatir la línea política del Ejecutivo y las iniciativas relevantes para su administración. De conformidad a este reglamento esta exposición no habilita el planteamiento de la cuestión de confianza.

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Igualmente, se requiere la asistencia obligatoria ante la Cámara de Diputados de los mandatarios locales cuando sean solicitados para reportar sobre su accionar en sus respectivas circunscripciones.

De igual manera, la Cámara de Diputados puede declarar la vacancia del presidente de la República «por permanente incapacidad moral», indicando los fundamentos fácticos y jurídicos en que se sustenta, incluyendo la documentación pertinente.

Puntualiza que tal decisión demanda una votación cualificada de por lo menos dos tercios de los integrantes legales de la Cámara de Diputados y en caso de aprobarse la iniciativa de vacancia deberá sustentarse posteriormente ante el Senado.

La Cámara de Diputados autoriza asimismo proposiciones de modificación de la Constitución, conforme a lo señalado en el artículo 206 de la Constitución Política del Perú. Estos cambios deben ser aprobados mediante mayoría absoluta de los integrantes legales de la Cámara de Diputados o votación favorable de más de dos tercios del total de diputados.

Si no se alcanza la cantidad mínima de sufragios para su sanción, la iniciativa de reforma constitucional se clausura en trámite, pero de ser aprobada se remite al Senado para continuar el procedimiento regulado.

Según esta normativa la pérdida del escaño se efectúa cuando un diputado ha recibido una condena judicial definitiva por la realización de un delito vinculado a la salud pública en la modalidad de comercio clandestino de drogas, actividades terroristas, tráfico de seres humanos y ocultamiento de ganancias proveniente de estas conductas punibles.

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En tales supuestos no rige lo dispuesto en los reglamentos de la Cámara de Diputados y del Congreso respecto de la suplencia correspondiente.

La normativa mencionada posee rango de ley y su clasificación corresponde a la de una ley de naturaleza orgánica.

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