El Gobierno publicó un decreto de urgencia que dispone acciones excepcionales de orden económico y financiero destinadas a reestructurar el patrimonio de Petroperú S.A. con el fin de asegurar la operación continua de la cadena productiva.
El Decreto de Urgencia 010-2025 fue difundido mediante una edición extraordinaria de El Peruano.
El primer artículo de la regulación específica que esta norma busca implementar acciones urgentes y excepcionales en el ámbito económico y financiero para asegurar la continuidad de la cadena de producción y provisión de hidrocarburos, permitiendo el funcionamiento de las actividades económicas vinculadas al transporte, distribución, comercialización y provisión, entre otras.
«El presente Decreto de Urgencia tiene por finalidad asegurar, de manera inmediata y excepcional, la continuidad de la cadena de producción y abastecimiento de hidrocarburos a nivel nacional, frente a riesgos económicos y financieros que comprometen la operatividad de Petroperú S.A., garantizando la seguridad energética del país y la estabilidad de las actividades económicas esenciales», precisa el artículo 2.
📋 Autorización para reestructurar activos empresariales
El artículo 3 autoriza, de forma excepcional y por motivos de necesidad pública, la reestructuración patrimonial de los activos de Petroperú S.A. según las modalidades establecidas en esta norma, dividiéndolos en uno o más conjuntos patrimoniales que pueden abarcar activos tangibles e intangibles, licencias, permisos y contratos, entre otros elementos. Estos conjuntos patrimoniales pueden incorporar a la Nueva Refinería de Talara.
«El o los bloques patrimoniales, según corresponda, pueden ser transferidos a uno o varios Vehículos de Propósito Especial, cuya titularidad corresponde a Petroperú S.A, pudiendo incluir a la Nueva Refinería de Talara, otras unidades productivas y demás activos que la Agencia de Promoción de la Inversión Privada – Proinversión determine, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 4 del presente Decreto de Urgencia», establece la norma.
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«Para efectos de la reorganización patrimonial de Petroperú S.A., entiéndase incorporada a la citada empresa en el proceso de promoción de la inversión privada, al que se refiere el Decreto Legislativo 674, Ley de Promoción de la Inversión Privada de las Empresas del Estado», añade.
«La modalidad o modalidades de promoción y el respectivo Plan de Promoción de la inversión privada son aprobados por el presidente ejecutivo de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada – Proinversión o quien haga sus veces. Dicho Plan de Promoción, elaborado por el Comité Especial y que incluye la modalidad de promoción, es aprobado en un plazo máximo de sesenta (60) días calendario, contado desde la vigencia de la presente norma», determina el decreto.
🔧 Facultades otorgadas a Proinversión
Dentro del marco del encargo establecido en el numeral anterior, la Agencia de Promoción de la Inversión Privada – Proinversión queda expresamente autorizada para realizar las acciones pertinentes o necesarias para ejecutar su proceso de promoción, incluyendo, entre otros aspectos, lo siguiente:
- a) Ejercer la representación de los derechos económicos y políticos de las acciones representativas de los bloques patrimoniales reestructurados.
- b) Decidir la transferencia de activos a uno o más bloques patrimoniales o fideicomisos, así como la toma de decisiones estratégicas sobre dichos activos.
- c) Seleccionar a un operador especializado para la operación y mantenimiento integral de los bloques patrimoniales reestructurados, bajo esquemas de gestión que aseguren eficiencia técnica.
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⏰ Vigencia de un año calendario
En su artículo 8, referido a la vigencia, se indica que el presente Decreto de Urgencia «tiene vigencia de un año, contado a partir del día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano», señala el documento.
El presente Decreto de Urgencia es refrendado por el presidente del Consejo de Ministros, la ministra de Economía y Finanzas y el ministro de Energía y Minas.
Foto Andina
