Ejecutivo oficializó subsidio para transportistas del servicio público

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El Poder Ejecutivo formalizó una ayuda financiera por un periodo de 60 días dirigida a los operadores del transporte terrestre regular de pasajeros y de carga en todo el país. La medida busca mitigar el incremento en los costos de los carburantes y amortiguar el efecto de dicha subida en los ciudadanos.

Esta disposición quedó refrendada mediante el Decreto de Urgencia 004-2026, difundido en la sección de normas legales de El Peruano.

Para la ejecución de esta iniciativa, se determinó la intervención de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao (ATU). Esta participación tendrá un carácter extraordinario, provisorio y limitado únicamente a las tareas operativas de gestión de la subvención.

El texto legal detalla que el beneficio monetario se dirige a las empresas de transporte terrestre regular de personas de escala nacional, regional y provincial, además de los transportistas de carga.

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🚫 Quiénes no reciben el beneficio

Quedan expresamente excluidos de este mecanismo los operadores que brinden los siguientes servicios:

Transporte terrestre regular de pasajeros bajo concesiones en el sistema de promoción de la inversión privada.

Transporte regular de personas con autorización en Lima y Callao bajo la Ley 31596 y la Resolución de Presidencia Ejecutiva 203-2023-ATU/PE. Tampoco se incluye a los servicios de nivel provincial vinculados a contratos de autorización del literal g) del numeral 7.2 del artículo 7 del Anexo I de la Ordenanza 1769 de la Municipalidad Metropolitana de Lima, administrados por la ATU.

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La subvención se aplicará a las compras de carburante efectuadas durante dos meses, contabilizados a partir de la jornada posterior a la difusión del decreto.

Monto y tipo de combustible

La ayuda financiera equivale a S/ 4.00 (cuatro y 00/100 soles) por cada galón de diésel B5 y diésel B20 cuyo componente de azufre sea igual o menor a 50ppm.

📋 Requisitos y topes de consumo

El dispositivo legal determina la cantidad máxima de combustible permitida para la compra, junto con los requisitos indispensables que debe reunir cada transportista para requerir el subsidio, entre otras pautas complementarias.

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Foto CV