Congreso: Permanente aprobó libre sabatino por motivos religiosos

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La Comisión Permanente dio luz verde, en una segunda votación, al dictamen del Proyecto de Ley 4610. La norma establece que el sábado sea un día no laborable, pero con compensación de horas, para empleados públicos y privados que profesen una religión cuyo día de descanso coincida con esa fecha.

El resultado de la votación fue de 16 votos a favor, uno en contra y seis abstenciones.

El objetivo de la iniciativa es resguardar el derecho a la libertad religiosa. Según el texto aprobado, el trabajador debe informar a su empleador qué confesión religiosa profesa y si su día de guardar cae en sábado.

📋 ¿Cómo se acredita y se recupera el tiempo?

Para acceder a este beneficio, el empleado necesita presentar una constancia emitida por la autoridad correspondiente de su confesión religiosa, la cual certifica su pertenencia a dicho credo.

Las horas no trabajadas ese día deben recuperarse en un máximo de diez días calendario posteriores, salvo que el empleador defina otra fecha para hacerlo.

La ley también deja sin validez cualquier cláusula —ya sea de un convenio colectivo, un acuerdo individual o una decisión unilateral de la empresa— que genere discriminación, directa o indirecta, por motivos religiosos en temas de sueldos, horarios u otras condiciones laborales.

En cuanto a su implementación, el texto encarga al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo ajustar la normativa vigente y dictar las reglas necesarias para su aplicación, para lo cual tendrá un plazo de 60 días calendario desde que la ley entre en vigencia.

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👤 ¿Quién impulsó esta propuesta?

El legislador Juan Burgos Oliveros, integrante de la bancada Lealtad Nacional, es el autor del proyecto. El parlamentario sostuvo que la medida asegura el ejercicio de la libertad de culto para aquellos empleados que, por convicción religiosa, guardan el sábado como jornada sagrada de descanso.

🗣️ La explicación del congresista

Sobre el mecanismo de recuperación de horas, Burgos Oliveros manifestó: «Se propone que ese día sea no laborable, pero compensable, remitiendo, permitiendo la recuperación de las horas no trabajadas dentro de los días posteriores o según la disposición del empleador».

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