Bomberos o herederos con pensión de gracia por fallecimiento o incapacidad permanente

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Los miembros del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú (CGBVP), o sus herederos, recibirán una pensión de gracia excepcional y temporal en caso de incapacidad permanente o fallecimiento que otorgará el Ministerio del Interior.

Este es uno de los beneficios que establece para los hombres de rojo el Decreto Legislativo 1260, que fortalece el Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú como parte del sistema nacional de seguridad ciudadana y regula la intendencia nacional de bomberos del Perú.

La norma, publicada en El Peruano, determina que los bomberos y sus hijos serán considerados para el Programa Nacional de Becas y Crédito Educativo y tendrán un puntaje adicional para la asignación de becas, si cumplen con los requisitos.

Otros beneficios son subvención única con cargo al Fondo de Invalidez y Protección de los Bomberos Voluntarios el Perú, pase libre en vehículos de transporte público, derecho a recibir prestaciones asistenciales u hospitalización hasta su total recuperación en EsSalud sin costo alguno, además de su incorporación al Seguro Integral de Salud (SIS).

El decreto lleva las firmas del presidente Pedro Pablo Kuczynski, del primer ministro Fernando Zavala y el titular del Interior, Carlos Basombrío.

Foto Andina