Congreso: admiten a trámite denuncias constitucionales contra Castillo y exministro Chero

shadow

 

La Subcomisión de Acusaciones Constitucionales (SAC) del Congreso, que fue dirigida por el legislador Jorge Montoya (RP), aprobó diversos informes de calificación en los cuales se admitió a trámite dos denuncias constitucionales y declaró improcedentes otras dos.

Precisamente, con 13 votos a favor, 6 en contra y 1 abstención, se aprobó el Informe de Calificación de la Denuncia Constitucional 302, que propone admitir a trámite la denuncia presentada por el legislador Juan Bartolomé Burgos Oliveros (PP) en contra del expresidente Pedro Castillo y Rosendo Leoncio Serna Román, exministro de Educación.

A ambos se les imputa infringir los incisos 2 y 16 del artículo 2 de la Constitución, así como el artículo 70 e incisos 1 y 8 del artículo 118, tras suscribir y emitir el Decreto Supremo 009-2022-MINEDU, publicado el 8 de julio de 2022, que modificó diversos artículos del Estatuto de la Derrama Magisterial, aprobado por Decreto Supremo 021-88-ED.

Al respecto, se indica que la Derrama Magisterial es una persona jurídica de derecho privado, con autonomía administrativa y económico-financiera, que administra los aportes de los maestros del sector público para fines previsionales.

Desde 1984 no está sujeta al derecho público ni forma parte del aparato estatal. De acuerdo a la denuncia, se argumenta que el Ministerio de Educación no tenía competencia para realizar tales modificaciones, pues solo podía aprobar reformas sugeridas por la propia entidad y no imponerlas.

Asimismo, con 15 votos a favor, 0 en contra y 5 abstenciones, se aprobó el Informe de Calificación de la Denuncia Constitucional 491, que recomienda admitir a trámite la denuncia interpuesta por la fiscal de la Nación, Delia Espinoza Valenzuela, en contra del exministro de Justicia, Félix Inocente Chero Medina, la presunta comisión de los delitos de patrocinio ilegal y cohecho activo genérico, tipificado en los artículos 385 y 397 del Código Penal, respectivamente.

Del mismo modo, se incluye en la denuncia al ex miembro de la Junta Nacional de Justicia, Henry José Ávila Herrera, por la presunta comisión del delito de cohecho pasivo propio, tipificado en el artículo 393 del Código Penal.

La denuncia se basa en una presunta concertación para favorecer la postulación de Patricia Benavides Vargas al cargo de fiscal suprema titular en el marco de la Convocatoria 004-2021-SN/JNJ.

Congreso aprueba iniciativa que incorpora el enfoque de familia en políticas públicas

La entonces fiscal adjunta suprema titular y postulante en dicho concurso habría instruido a su exasesor Jaime Villanueva Barreto para que intercediera ante Henry Ávila Herrera, a fin de asegurar su elección a cambio de futuras ventajas una vez que asumiera el cargo.

 IMPROCEDENCIAS

En otro momento, con 15 votos a favor, 4 en contra y ninguna abstención, la Subcomisión aprobó el Informe de Calificación de la Denuncia Constitucional 428, que recomienda la improcedencia de la denuncia interpuesta por el congresista Elías Marcial Varas Meléndez en contra de la ex fiscal de la Nación, Patricia Benavides Vargas.

Al respecto, se alegó que no cumple con los requisitos que se requieren y que los hechos señalados no constituyen infracción a la Constitución y no encajan en delitos de función previstos en la legislación penal.

La extitular del Ministerio Público fue denunciada por la presunta infracción al artículo 39 de la Constitución y la posible comisión de los delitos de abuso de autoridad, encubrimiento real y obstrucción a la justicia, tipificados en los artículos 376, 405 y 409-A del Código Penal, respectivamente.

Sobre el caso, se indica que Patricia Benavides, en su condición de fiscal de la Nación, emitió la Resolución 3286-2023-MP-FN mediante la cual dio por concluido el nombramiento de la fiscal Marita Sonia Barreto Rivera como fiscal superior provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro y, con ello, también su designación como coordinadora del Equipo Especial de Fiscales contra la Corrupción del Poder.

Finalmente, con 19 votos a favor, 0 en contra y 1 abstención se aprobó el Informe de Calificación de la Denuncia Constitucional 441, que recomienda la improcedencia de la denuncia interpuesta por el congresista Luis Gustavo Cordero Jon Tay en contra del ex fiscal de la Nación (i), Juan Carlos Villena Campana, por la presunta infracción al artículo 93 de la Constitución.

Congreso- Foto Andina

 

1054248
V: | 127