El Poder Judicial dejó sin efecto la inhabilitación de 10 años para ejercer funciones públicas impuesta por el Congreso a Delia Espinoza. Esta medida había sido dictada contra la exfiscal de la Nación luego de que presentara una denuncia constitucional contra 11 congresistas que votaron a favor de una ley que permitía a los legisladores, previamente integrantes de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional del Perú (PNP), recibir un doble sueldo.
La Tercera Sala en lo Constitucional de Lima también anuló la resolución legislativa que permitió levantar el antejuicio político a Delia Espinoza, dejando sin sustento los cargos penales que se le atribuían: prevaricato, abuso de autoridad, falsedad genérica y usurpación de funciones.
Además, los jueces superiores ordenaron su reincorporación como fiscal suprema titular del Ministerio Público, siempre que no exista ninguna otra resolución, ya sea administrativa, judicial o de otro tipo, que lo impida. Sin embargo, esta reinstalación no será inmediata, ya que Delia Espinoza enfrenta otros obstáculos legales. Después de su inhabilitación inicial, la cuestionada Junta Nacional de Justicia (JNJ) procedió a destituirla de manera controvertida, mientras que el Congreso emitió otra sanción de inhabilitación por 10 años. Esta última se dio en un contexto donde dos jueces superiores habían votado a su favor, quedando solo pendiente un voto para validar la demanda presentada en su defensa.
La sentencia también ordena su reincorporación al Ministerio Público, pero no va a ser posible, por ahora. Aquí lo explicamos https://t.co/mweTZNLSgu
— Diego Casimiro Ore (@maagnetar) May 28, 2026
La Tercera Sala Constitucional ha señalado inconsistencias en el informe final elaborado por la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales. Según el fallo, no se explicó adecuadamente cómo la aprobación de un reglamento puede ser considerada una infracción a la Constitución o configurar delitos específicos.
Los jueces también destacaron una “falta grave de congruencia” en el hecho de que Delia Espinoza haya sido la única fiscal suprema sancionada, cuando otros fiscales en situaciones similares —como Juan Carlos Villena, Pablo Sánchez y Zoraida Ávalos— no enfrentaron ni acusaciones ni inhabilitaciones. Esta discrepancia afectó el debido proceso parlamentario y vulneró su derecho a una debida motivación en las resoluciones adoptadas.
#LOÚLTIMO | 🚨 ❗ Caso Delia Espinoza: Poder Judicial declara inaplicable la inhabilitación que le impuso el Congreso por 10 años pic.twitter.com/85UbajqWOB
— Política y Economía La República (@Politica_LR) May 28, 2026
El fallo subraya además que el derecho a la igualdad fue transgredido, ya que otros fiscales denunciados en las mismas condiciones jurídicas no recibieron una sanción similar. No se presentó ninguna justificación que sustentara dicha diferencia en el trato, lo que quedó registrado en la resolución.
En consecuencia, la Sala Constitucional concluyó que las resoluciones legislativas que afectaron a Espinoza son inaplicables y ordenó su reincorporación al cargo de fiscal suprema titular en el Ministerio Público. Esto se fundamenta en la naturaleza restitutoria del proceso de amparo y en la necesidad de reparar la vulneración sufrida al derecho al debido proceso formal.
Texto: WSV
Foto: Composición
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