Derecho penal internacional impide viabilidad de indulto a Fujimori

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El derecho penal internacional ligado a los derechos humanos impide cualquier posibilidad de indulto al expresidente Alberto Fujimori, porque los delitos de lesa humanidad, por los cuales fue sentenciado, no prescriben ni reciben beneficios, afirmó el abogado Carlos Rivera.

Según explicó, la condena impuesta por la Sala Penal Nacional incluye un agregado a los delitos de homicidio calificado, lesiones y secuestro agravado (que son comunes en nuestra legislación), al considerarlos como crímenes de lesa humanidad.

“El hecho que el tribunal haya declarado o calificado lo de Barrios Altos y La Cantuta como crímenes de lesa humanidad sí tiene consecuencias jurídicas y está acorde a lo que el derecho penal internacional y de derechos humanos ha venido estableciendo de manera progresiva para limitar la posibilidad de impunidad”, dijo a la Agencia Andina.

Consecuencias

Rivera señaló que las consecuencias de la condena pasan por considerar estos delitos como imprescriptibles, por lo que “no es una mera declaración jurídica” como sostiene la defensa de Fujimori.

Asimismo, precisó que de acuerdo al derecho internacional si alguien es condenado por delitos de lesa humanidad “está prohibido otorgarles algún tipo de amnistía o beneficios”.

“Por lo tanto, ya es parte del derecho internacional una prohibición expresa para el otorgamiento en ese tipo de crímenes de lesa humanidad”, manifestó.

Por último, Rivera agregó que en el caso de Alberto Fujimori hay sentencias otorgadas por la Corte Interamericana de Derechos Humanos, tanto para los casos de Barrios Altos como La Cantuta, por lo que si se le permitiera un indulto abriría la posibilidad de intervenir.

“Entonces, hay mecanismos de protección de parte de la Corte Interamericana de Derechos Humanos para evitar la impunidad de este tipo de delitos”, sostuvo.

Debate

En cuanto a la calificación de crímenes de lesa humanidad, la cual desconoce el exabogado de Fujmori, César Nakazaki, Rivera indicó que este tema fue resultado “de un intenso debate en el que la propia defensa participó”.

“Nosotros propusimos este debate desde la audiencia 1 de las 161 audiencias que se realizaron. Además, Nakazaki de las 10 sesiones de audiencia que usó para defender a su patrocinado, en dos de ellas, habló de porqué creía que no eran crímenes de lesa humanidad”, recordó.