La Comisión Permanente del Parlamento Nacional, dirigida por el tercer vicepresidente legislativo Ilich López Ureña, dio su respaldo al dictamen definitivo sobre la Denuncia Constitucional 509, determinando su clausura procesal.
La acusación fue presentada por el exfiscal supremo encargado Juan Carlos Villena Campana contra la mandataria nacional Dina Boluarte Zegarra, vinculada a los decesos registrados en las manifestaciones ciudadanas desarrolladas entre diciembre de 2022 y enero de 2023 en múltiples regiones del territorio nacional.
El dictamen obtuvo respaldo mediante 12 sufragios favorables, 10 negativos y ninguna abstención registrada.
Detalles de la acusación formulada
De acuerdo con la imputación, la primera mandataria habría cometido infracciones por negligencia [omisión impropia], con intención eventual, en el marco de serias transgresiones a los derechos fundamentales, específicamente los ilícitos de asesinato agravado, heridas severas, heridas menores (establecidos en los artículos 108, 121 y 122 del Código Penal, correspondientemente), afectando a 49 víctimas mortales y 250 lesionados.
La imputación abarcaba también a Pedro Miguel Angulo Arana, exresponsable de la Presidencia del Consejo de Ministros; Luis Alberto Otárola Peñaranda, exencargado de las portfolios del Ministerio de Defensa y la Presidencia del Consejo de Ministros; los ex ministros del Interior, César Augusto Cervantes Cárdenas, Víctor Eduardo Rojas Herrera y Vicente Romero Fernández, además del ex responsable de la cartera de Defensa Jorge Luis Chávez Cresta.
El dictamen recibió aprobación el 18 de julio anterior en la Décima Novena Sesión Ordinaria de la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales, bajo la conducción de la parlamentaria María Acuña Peralta.
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Argumentos para el archivo del caso
En la exposición del dictamen, desarrollada por la titular de la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales, Lady Camones (APP), indicó que se estableció la ausencia de pruebas contundentes que en la actualidad permitan evidenciar de manera fehaciente y con transparencia objetiva el incumplimiento del compromiso de resguardo que correspondía a los acusados respecto a los fallecimientos ocurridos en las movilizaciones sociales.
«No existen elementos probatorios irrefutables que acrediten que los denunciados utilizaron la estructura organizativa del Estado con la intención de causar muertes y lesiones. Se ha determinado que en mérito a las pruebas aportadas y presentadas no existen elementos de convicción suficientes que configuren en los tipos penales de homicidio calificado, lesiones graves y lesiones leves (contemplados en) los artículos 181 y 122 del Código Penal, respectivamente», enfatizó la legisladora.
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Críticas al dictamen aprobado
La parlamentaria Ruth Luque objetó el dictamen y expresó su inquietud por estimar que este fue redactado de forma superficial, «solo para impedir que haya una investigación del Ministerio Público», manifestó luego de mencionar que en estas movilizaciones perecieron 50 peruanos y más de mil heridos.
«Esa es una responsabilidad política que corresponde a la señora Dina Boluarte», acotó.
Posteriormente, propuso una moción preliminar para que el dictamen regrese a la Subcomisión de Acusaciones para una mejor evaluación del contenido. Respaldaron la propuesta 10 parlamentarios e idéntica cantidad en contra, por lo cual el legislador Ilich López, quien dirigía la sesión, decidió y sufragó negativamente.
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Los parlamentarios Flavio Cruz y Wilson Quispe Mamani, igualmente objetaron el dictamen y demandaron que se examine el caso.
«Estamos creando una memoria histórica nefasta», subrayó el congresista Cruz.
Finalmente, el legislador Edgard Reymundo, solicitó la reconsideración de la votación, la cual fue rechazada.
Foto Presidencia
