Elecciones 2026: confirman inscripción fuera del plazo de Unidad Popular para comicios

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El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) confirmó que el registro de la agrupación política Unidad Popular en el Registro de Organizaciones Políticas (ROP) ocurrió después del término establecido para competir en los comicios generales de 2026.

A través de la Resolución 0285-2025-JNE, difundida en las normas legales de El Peruano, se rechazó el recurso de apelación interpuesto por el exmandatario del Poder Judicial Duberlí Rodríguez en contra de la decisión que ordenó el registro de la organización política Unidad Popular (UP) en el Registro de Organizaciones Políticas (ROP) con posterioridad al 12 de abril.

Según la decisión judicial, el registro de UP se formalizó el 23 de junio de este año, mientras el vencimiento fijado para que las organizaciones partidarias pudieran intervenir en las elecciones generales de 2026 se cumplió el anterior 12 de abril.

Cronología del proceso

La petición de registro de Unidad Popular fue ingresada el 11 de julio de 2024, satisfaciendo las exigencias procedimentales, incluyendo la divulgación de su resumen en el diario oficial El Peruano y en su portal electrónico.

El 21 de marzo de 2025, un ciudadano presentó una impugnación contra la inscripción, la cual fue corregida y posteriormente desestimada por la DNROP.

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El impugnante recurrió esta determinación, solicitud que fue primeramente admitida pero que el Pleno del JNE, en mayo de 2025, anuló y rechazó, cerrando el expediente.

De manera simultánea, el representante de Unidad Popular requirió una inscripción transitoria respaldada en el artículo 96 de la Ley Orgánica de Elecciones, pero el JNE aclaró que dicha modalidad fue eliminada implícitamente y carece de fundamento normativo.

Alegatos del recurso y resolución final

Rodríguez Tineo pedía que el registro fuera validado con fecha previa (10, 11 o 12 de abril de 2025) argumentando que el retraso en el procesamiento de impugnaciones perjudicó su derecho a la participación política en las Elecciones Generales 2026.

Asimismo, objetó que la DNROP hubiera admitido la apelación contra la impugnación, a pesar de que el Pleno del JNE después la declaró improcedente.

No obstante, el JNE determinó que el trámite de impugnación se procesó según el Reglamento del ROP y la Ley de Organizaciones Políticas (LOP).

La impugnación presentada por un ciudadano fue examinada, se solicitó la corrección de requisitos y finalmente se declaró improcedente, archivándose definitivamente el 16 de mayo de 2025.

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En su evaluación, el Pleno recordó que la DNROP es la entidad facultada para realizar las gestiones registrales y que sus decisiones pueden ser examinadas por el JNE en última y definitiva instancia. También señaló que no existe base legal para alterar la fecha de inscripción requerida por el personero.

Finalmente, el JNE, a través de la Resolución 0285-2025-JNE, ratificó la inscripción de Unidad Popular en el ROP y reafirmó que las comunicaciones se efectuarán mediante la Casilla Electrónica.

Foto Andina