El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) definió las reglas para el pago del aguinaldo por Fiestas Patrias que recibirán los trabajadores del sector público. El monto llega hasta los S/ 300 y se depositará una sola vez junto con la planilla de julio de 2026.
La medida quedó formalizada a través del Decreto Supremo 128-2026-EF, difundido este día en el diario oficial El Peruano. La norma detalla qué grupos de trabajadores estatales tienen derecho a este beneficio económico.
👥 ¿Quiénes recibirán el beneficio?
Según el decreto, el bono alcanza a los funcionarios y servidores nombrados y contratados que laboran bajo los regímenes del Decreto Legislativo 276, la Ley 29944 y la Ley 30512. También incluye a los docentes de universidades públicas amparados por la Ley 30220, así como al personal de salud descrito en el numeral 3.2 del artículo 3 del Decreto Legislativo 1153.
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El aguinaldo se extiende, además, a los obreros permanentes y eventuales que trabajan para el Estado, junto con los integrantes de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional del Perú. Los jubilados con derecho propio financiados por el Estado también forman parte de esta lista, siempre que estén comprendidos en los regímenes de la Ley 15117, los Decretos Leyes 19846 y 20530, el Decreto Supremo 051-88-PCM, la Ley 28091 o el Decreto Legislativo 1133.
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🏛️ ¿Cómo se financia en las municipalidades?
En el caso particular de los gobiernos locales, el decreto precisa que el aguinaldo se entregará hasta por el tope señalado en el literal a) del numeral 7.1 del artículo 7 de la Ley 32513, norma que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026.
💵 ¿Con qué fondos se paga?
Cada municipalidad deberá cubrir este pago con sus propios ingresos corrientes, tomando en cuenta la disponibilidad real de los recursos que administra.
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