Fonavi: ¿Por qué la devolución demora tanto y quienes son los responsables?

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La ley 29625 ley de devolución del dinero del Fonavi a los trabajadores que contribuyeron al mismo aprobada en Referéndum del 3 de octubre del 2010 obliga al Estado la restitución del dinero aportado al fenecido fondo de vivienda.

Una primera devolución en forma parcial de hizo (el Tribunal Constitucional en su sentencia del año 2017 así lo considera). A través de la Ley N.º 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, en su Septuagésima Segunda Disposición Complementaria Final dispone diversas medidas para la devolución a que se refiere la Ley N.º 29625; Aquí se establece que 10 soles 69 por mes aportado era el monto a devolver.

El TC consideró en su sentencia del año 2017 que esta cantidad será tomada como devolución a cuenta y además ordenaba que los mas de 385 mil excluidos podrían ser parte de la devolución.

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El Congreso creó la Ley 31173 que garantiza la devolución del Fonavi, pero en lugar de hacerlo en forma transparente es una norma que obstaculiza la devolución. Tiene incluso una Comisión Ad hoc creada para este fin, pero como carece de reglamento no se inicia el proceso de devolución.

Fue así que la Asociación Nacional de Fonavistas de los Pueblos del Perú logró que Tribunal Constitucional convoque a una audiencia, la misma que se realizó el pasado 15 de diciembre del 2022.

El TC en el plazo fijado por ley de 30 días no se ha pronunciado pese a que ya está cercano dos meses desde la audiencia.

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Los fonavistas que a lo largo de los 23 años en que luchan por la devolución, ven con mucha preocupación que este exceso de días hay “gato encerrado” por la innecesaria demora.

El TC no tiene otro camino que refrendar su propia sentencia anterior de reconocer la inconstitucionalidad de la ley 31173 y ordenar la continuidad de la devolución.

Los fonavistas son luchadores y fuertes, muchos de ellos con más de 80 años, que soportan la inferencia de los gobernantes que hacen lo imposible para que la devolución, total y con intereses, se realice de acuerdo a lo que dice la Ley 29625.

Crónica Viva/Texto y Fotos: Hugo Laredo